6 millones de euros para paliar daños por inundaciones del mes de marzo y abril

Nota del Gobierno de Aragón
El Gobierno de Aragón, reunido en Consejo de Gobierno, ha aprobado un Decreto Ley por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón por los debordamientos en la cuenca del río Ebro durante la última semana del mes de marzo y la primera del mes de abril de este mismo año. El Ejecutivo, a través de un crédito extraordinario y un suplemento de crédito, destinará cinco millones de euros al Departamento de Agricultura y un millón al Departamento de Medio Ambiente para sufragar la ejecución de las actuaciones que deben acometerse.

En la última semana del mes de marzo y la primera del mes de abril tuvo lugar un intenso y duradero temporal de lluvia y nieve tanto en la Comunidad Autónoma de Aragón como en comunidades limítrofes. Este hecho produjo el desbordamiento del río Ebro y algunos de sus afluentes originando inundaciones especialmente severas y permanentes en municipios afectados de la cuenca del Ebro. La crecida trajo consigo la inundación de infraestructuras públicas y privadas, principalmente de riego, así como cuantiosas pérdidas en las explotaciones agrarias y daños al medio natural y a sus infraestructuras de gestión y uso público.

Las ayudas habilitadas con la aprobación de este Decreto permitirán cubrir la reparación de daños en infraestructuras públicas de riego, las indemnizaciones por daños en producciones agrícolas y ganaderas, las ayudas para la restauración de parcelas agrícolas y de las infraestructuras permanentes de las explotaciones agrarias así como también las ayudas para reparación de daños medioambientales.

El valor de las ayudas concedidas en aplicación de este Decreto-Ley, en lo que a daños materiales se refiere, no podrá superar en ningún caso la diferencia entre el valor del daño producido y el importe de otras ayudas o indemnizaciones declaradas compatibles o complementarias que, por los mismos conceptos, pudiera concederse por otros organismos públicos, nacionales o internacionales, o correspondieran en virtud de la existencia de pólizas de aseguramiento.

Destacar, por último, que es la primera vez, según recoge el artículo 44 del nuevo Estatuto de Aragón, aprobado el pasado 23 de abril, que el Gobierno de Aragón utiliza la figura del Decreto-Ley. El Estatuto establece que en caso de necesidad urgente y extraordinarida, el Ejecutivo autonómico puede dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de Decreto-Ley, que posteriormente, en el plazo de treinta días, deberán ser ratificados por las Cortes.

Gobierno de Aragón

Deja una respuesta