60.000 euros en servicios de sustitución de ganaderos para que disfruten de días de descanso

Nota de la Generalitat Valenciana
La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación concederá ayudas económicas para favorecer los servicios de sustitución de los ganaderos de la Comunitat a fin de que puedan disfrutar de días de descanso por vacaciones, descanso semanal o por enfermedad.

Las ayudas, reguladas a través de una Orden de la Conselleria, publicada en el DOGV, ascienden a 60.000 euros. Con ellas, se pretende estabilizar la actividad ganadera en las comarcas valencianas ofreciendo al sector los instrumentos necesarios que permitan a los titulares de explotaciones mejorar su calidad de vida y sus condiciones de trabajo, estimulando así la incorporación de jóvenes a esta actividad.

Además, la Conselleria ha tenido en cuenta que la ganadería supone una destacable aportación en las rentas de las familias de las áreas rurales de la Comunitat, sobre todo en zonas desfavorecidas, por lo que el mantenimiento de esta actividad resulta imprescindible para fijar la población al medio rural y generar nuevas alternativas en esas áreas.

Con estas ayudas, enmarcadas en el Plan Millorar, se favorece la implantación y utilización de servicios de sustitución, respondiendo así a las necesidades que se han detectado en el sector ganadero y contribuyendo a su desarrollo.

Podrán acceder a estas ayudas las explotaciones ganaderas cuyo titular sea una persona física, así como las explotaciones de carácter asociativo.

En el primer supuesto, los requisitos que deberá reunir el titular son que al menos el 50% de su renta total provenga de actividades ganaderas u otras actividades complementarias ejercidas en su explotación, siempre que la parte de la renta procedente directamente de la actividad ganadera no sea inferior al 25% de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a las actividades de la explotación sea superior a la mitad del tiempo de trabajo total. Además, la persona solicitante del servicio de sustitución deberá tener más de 18 años y menos de 65 años.

Respecto a las explotaciones asociativas, deberán estar legalmente constituidas y al menos el 50% de sus miembros deberán reunir los requisitos exigidos en el supuesto anterior.

En cualquier caso, la ayuda concedida a una asociación ganadera no deberá superar los 20.000 euros. Si el conjunto de solicitudes superase los fondos disponibles, tendrán preferencia las empresas que acrediten ocupar mayor porcentaje de trabajadores discapacitados en relación con sus respectivas plantillas o que se comprometan a contratar un porcentaje mayor de trabajadores discapacitados durante el tiempo que dure la ayuda.

Generalitat Valenciana

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