9,5 millones de euros para la suscripción de pólizas de seguros agrarios

Nota de la Junta de Extremadura
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el sábado pasado una orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se establece la convocatoria de subvenciones para la suscripción de pólizas de seguros incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para 2007, para lo cual destina la cantidad de 9,5 millones de euros.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los suscriptores de pólizas, ya sean personas físicas o jurídicas, que formalicen con entidades o agentes autorizados integrados en Agroseguro, para producciones agrarias de explotaciones extremeñas debidamente inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 4/2002, la ayuda de la Junta de Extremadura se obtendrá aplicando porcentajes. Así, para las líneas de seguro de cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales muertos en la explotación, así como para la línea de seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en la explotación, será el 34% sobre el coste neto.

En el seguro combinado de tomate, el 57% sobre la subvención concedida por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), y para el seguro de explotación de cereza en Cáceres y su complementario, así como para el seguro de explotación de frutales y su complementario, el 45% sobre la subvención concedida por ENESA.

Para los seguros combinados de tabaco, cereza, cereza de Cáceres y seguros complementarios de cereza y cereza de Cáceres, el 35% sobre la subvención concedida por ENESA, y para el resto de líneas contempladas en el Plan, el 30% sobre la subvención que concede ENESA.

El coste real a cargo del suscriptor del seguro no podrá ser, en ningún caso, inferior al 20% del coste neto del seguro, y en caso contrario, el exceso se detraerá de la subvención a cargo de la Junta de Extremadura. Esta ayuda es compatible y acumulable a las que se concedan por la Administración del Estado en aplicación de la normativa reguladora de las campañas de aseguramiento, e igualmente compatible con los descuentos que hagan las entidades aseguradoras integradas en AGROSEGURO.

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado o el tomador, en su nombre, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los periodos de suscripción establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y se encuentre correctamente cumplimentada, o haya sido subsanada, en su caso, por AGROSEGURO, tanto en lo que se refiere a elementos del contrato, de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable, como en lo relativo a todos los datos necesarios para la determinación de la subvención correspondiente a la póliza suscrita.

Junta de Extremadura

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