La Solicitud Única es la herramienta establecida en la última reforma de la PAC para que el productor pueda solicitar todas sus ayudas en una sola visita a la administración. El plazo de solicitud de las ayudas concluye el 30 de abril. Una vez finalizado este plazo, los agricultores y ganaderos podrán modificar sus solicitudes hasta el 31 de mayo.
Las Ayudas Directas que se pueden solicitar están detalladas, junto con los requisitos necesarios para poder acceder a las mismas, en el Real Decreto de 3 de octubre, sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería. Entre las mismas se incluyen, por un lado, el Régimen de Pago Único, en el que en esta campaña se produce la integración de los viticultores que hayan entregado uva que haya sido transformada en mosto no destinado a la vinificación y, por otro, las ayudas acopladas a la producción y que son las siguientes:
Pagos acoplados:
-Ayudas a los productores de cultivos herbáceos.
-Ayuda a los cultivos energéticos.
-Ayuda específica al arroz.
-Ayuda a los productores de patata con destino a fécula.
-Ayuda a los frutos de cáscara.
-Ayuda a los productores de semilla.
Pagos específicos:
-Ayuda específica al cultivo del algodón.
-Ayuda al olivar.
-Ayuda al tabaco.
-Ayuda a los productores de remolacha.
-Prima por oveja y cabra.
-Prima por vaca nodriza.
-Prima complementaria por vaca nodriza.
-Prima por sacrificio de ganado vacuno.
Pagos adicionales:
-Pagos adicionales en el sector del algodón.
-Pagos adicionales en el sector del tabaco.
-Pagos adicionales en el sector de la remolacha y la caña de azúcar.
-Pagos adicionales en el sector del ganado vacuno (explotaciones que mantengan vacas nodrizas, carne de vacuno de calidad reconocida y pagos adicionales en el sector lácteo).
Además, en este mismo plazo se deben presentar las solicitudes de pago correspondientes a las Medidas de Desarrollo Rural relacionadas con la superficie, en particular, las medidas agroambientales, en este caso con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, FEADER.
Cada productor deberá presentar su Solicitud Única en la Comunidad Autónoma donde radique su explotación o la mayor parte de la superficie de la misma, y en caso de no disponer de superficie, donde se encuentren el mayor número de animales de la explotación.
En el mismo plazo los agricultores y ganaderos que lo deseen, podrán presentar la solicitud de derechos de la Reserva Nacional de Pago Único, siempre que cumplan los requisitos para poder beneficiarse de estos derechos.
Asimismo, el plazo para la comunicación de las cesiones de derechos de pago único entre particulares a la Administración, que se inicio el pasado 1 de noviembre, finalizará el próximo 19 de marzo, excepto cuando se trate de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación y jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se podrán comunicar hasta el día 30 de abril.
El plazo para el pago de las ayudas que sean objeto de solicitud en el período que se inicia comenzará el próximo 1 de diciembre de 2009 y finalizará el 30 de junio de 2010.
En 2008 presentaron la Solicitud Única un total de 954.267 productores, los cuales están recibiendo, desde el 1 de diciembre pasado, y hasta el próximo 30 de junio, ayudas por un valor total aproximado de 5.250 millones de euros, de los cuales las Comunidades Autónomas ya han abonado 3.770 Millones de euros, aproximadamente el 75 % del total. En el caso particular del Régimen de Pago Único, que representa el mayor capítulo del gasto, a esta fecha ya se ha abonado a los beneficiarios el 86 % de los importes.
APLICACIÓN DEL «CHEQUEO MÉDICO» DE LA PAC
La presente campaña es la primera, tras la aprobación del nuevo Reglamento del Consejo, por el que se regulan las ayudas directas, de próxima publicación. Dicho Reglamento introduce muy pocas modificaciones en esta campaña 2009, pues la mayoría entrarán en vigor en la campaña 2010 y siguientes.
Entre los cambios más destacados introducidos en la campaña 2009 por el nuevo Reglamento se incluye la eliminación de la obligación de utilizar los derechos de retirada en hectáreas que se hayan quitado de la producción, por lo que, en la práctica, su uso se iguala al del resto de derechos que se justifican con hectáreas admisibles a efectos del Régimen de Pago Único.
De esta manera desaparecen todas las disposiciones que obligaban a utilizar estos derechos en tierras retiradas de la producción, y a ser los primeros derechos en considerarse utilizados en caso de disponer de menos hectáreas admisibles que de derechos de pago único.
Otra de las innovaciones consiste en que los derechos de la Reserva Nacional podrán cederse de manera semejante a los derechos procedentes de la asignación inicial. Asimismo en caso de no utilización de estos derechos de la reserva durante una campaña, ya no se tendrán que devolver a la Reserva Nacional, sino que dicho periodo de no utilización pasa a ser ahora de dos años, igualándose al que se ha establecido también para el resto de derechos en el nuevo Reglamento.
Por otra parte, la cesión de derechos sin tierra se podrá realizar sin necesidad de haber utilizado un 80% de los derechos del cedente durante alguna de las campañas previas a la solicitud de cesión.
Todas estas medidas van encaminadas a simplificar la gestión del Régimen de Pago Único y a eliminar las obligaciones relativas a la retirada obligatoria de tierras de la producción.
También en 2009, la modulación se aplicará en una tasa del 7% para los pagos que se otorguen a partir de 5000 euros, incrementándose un 4 % adicional para los pagos superiores a 300.000 euros.
Una vez se publique, en los próximos días, el nuevo Reglamento del Consejo se procederá a modificar el Real Decreto sobre pagos directos, para adaptar las disposiciones correspondientes a estos apartados.
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me parece muy bien y a tiempo , soy agricultor y es primordial estas bien informado . muchas gracias
Este apoyo se brinda tambien en Peru sudamerica, en donde me inscribo, que tengo que llenar, el apoyo tambien es para explotaciones de cuyes, (cavia porcellus), o sino a explotacion de alfalfa y graminias
Me parece una excelente iniciativa, yo soy de Bolivia, cuando llega la cooperacion o fondos con intermediarios al productor le llega cuando mas un 20% del monto original que asigna el cooperante.Me interesa mucho ser beneficiario de este programa.
Gracias
Me parece una excelente iniciativa, yo soy de Bolivia, cuando llega la cooperacion o fondos con intermediarios al productor le llega cuando mas un 20% del monto original que asigna el cooperante.Me interesa mucho ser beneficiario de este programa.
Gracias
¿me podeis informacion sobre si hay subbvenciones o ayudas para el cultivo de nogales?
Este apoyo se brinda tambien en Peru sudamerica, en donde me inscribo, que tengo que llenar
quisiera saber si esta ayuda es para argentina, y si tiene provincias especificas que puedan beneficiarse
Es tambien para Colombia esta oferta?.Y como acceder al credito?. Victor Aristizabal desde Risaralda.
totalmente deacuerdo