Según ha manifestado Cotino, “a través de este nuevo texto legal, que adecua la normativa europea a las características específicas de la Comunitat Valenciana, y que está incluido en las medidas del Plan Estratégico Citrícola de la Comunitat Valenciana, se establece un programa anual de control de calidad, etiquetado y envasado en los almacenes de confección de cítricos”.
El Conseller ha explicado que la nueva norma ha sido consensuada con las organizaciones agrarias de la Comunitat Valenciana y “en ella se recogen las principales reivindicaciones que nos han planteado, con el objetivo de garantizar la calidad de los cítricos que lleguen al mercado y, de este modo, asegurar un precio mínimo al agricultor y unas condiciones cualitativas óptimas al consumidor”.
Para él, “lo que se pretende es que los productores citrícolas de la Comunitat introduzcan en el mercado productos de calidad, esenciales en mercados tanto interiores como exteriores, y que todo el mundo, desde el consumidor al agricultor, sepa que los cítricos de la Comunitat Valenciana son controlados en origen y que presentan una excelente calidad, además de ser muy saludables”.
“Se trata –ha añadido- de una iniciativa pionera en España, y comprometida con el campo valenciano, para lograr que la fruta de la Comunitat Valenciana y de toda España sea de calidad, puesto que tenemos que competir en un mercado fresco y nuestros productos deben presentar condiciones cualitativas óptimas para poder ser competitivas frente a otras producciones de terceros países”.
Además con la aplicación de las medidas contempladas se orienta la producción a las actuales exigencias de los consumidores y se facilitan las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, contribuyendo así a aumentar la rentabilidad de la producción.
Asimismo, ha señalado que su Departamento incrementará el esfuerzo en los controles, duplicando las inspecciones en los almacenes hortofrutícolas para garantizar tanto la calidad de las importaciones procedentes de terceros países como las producciones que se comercializan en los mercados de la Comunitat Valenciana. Los controles oficiales se efectuarán en cualquiera de las fases de la producción, la manipulación y la distribución.
Condiciones de madurez, color, calibre y zumo
En la orden se especifican tanto el índice de madurez, como el índice de color, el contenido mínimo en zumo y el calibre. Asimismo, se establece que los cítricos deberán presentarse enteros, exentos de heridas y magulladuras cicatrizadas de importancia; sanos, quedando excluidos los productos que presenten podredumbre u otras alteraciones que los hagan impropios para el consumo; limpios; prácticamente exentos de parásitos y de daños causados por éstos; exentos de toda señal de desecación interna, así como de daños causados por bajas temperaturas o heladas; con un grado normal de humedad exterior y sin olores y sabores extraños.
Además, se exige que los cítricos deban haber sido cuidadosamente recolectados y haber alcanzado un desarrollo y estado de madurez adecuado en función de las características de la variedad, época de cosecha y zona de producción.
Por otro lado, se establece una clasificación de los cítricos en Categoría Extra, es decir, de calidad superior; Categoría I, que deberán ser de buena calidad, y Categoría II, que comprenderá los cítricos que no pueden clasificarse en las categorías superiores pero que cumplen los requisitos mínimos establecidos
La orden también establece las condiciones en que los productos deben presentarse, envasarse y etiquetarse. Así, entre otros aspectos, se especifica que los envases protejan convenientemente los cítricos, que los papeles utilizados para su envoltura sean nuevos, estén limpios estén secos, sean inodoros y no puedan causar alteraciones. Además, cada envase estará convenientemente identificado y especificará la especie y variedad del contenido, además del origen del producto y sus características comerciales.
GENERALITAT VALENCIANA