Tras intensas y laboriosas negociaciones, se ha llegado a un acuerdo entre el Ministerio de Agricultura y la Consejería de Agricultura de Andalucía para limitar las superficies de cultivo de algodón. Asimismo, el MAPA ha distribuido hoy un proyecto de Orden para su informe preceptivo por parte de las Comunidades Autónomas, las Organizaciones Profesionales Agrarias, la Confederación de Cooperativas Agrarias y el sector industrial.
La regulación comunitaria de las ayudas al cultivo del algodón ha sido complementada a nivel nacional por el Real Decreto 330/2002, de 5 de abril, por el que se concretan determinados aspectos de la normativa europea reguladora de la ayuda a la producción de algodón.
En este Real Decreto se determina que la medida básica para la regulación del cultivo es la exigencia de la rotación, de forma que no pueden cultivarse algodón dos años seguidos en la misma superficie. Esta medida se ha adoptado, además de por motivos medioambientales, con el objetivo fundamental de que la producción nacional no supere la cantidad de 362.000 t, ya que, según la normativa comunitaria, dicha superación desencadena un segundo mecanismo de penalización, que reduce de forma muy importante la ayuda a la producción de algodón.
El Ministerio de Agricultura considera que para la próxima campaña 2003/2004 sería suficiente limitación con esta medida de rotación, puesto que endurece la aplicada en la campaña anterior (en la que se exigió solamente no haber cultivado un año de cada tres).
La Consejería de Agricultura de Andalucía, por el contrario, considera que dicha medida sería insuficiente, existiendo el riesgo de superar las 362.000 t, por lo que solicita que se aplique una medida adicional consistente en restringir el cultivo únicamente a las zonas consideradas históricas o tradicionales.
Como ya se ha mencionado, gracias al acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Agricultura y la Consejería de Agricultura de Andalucía, el Ministerio aprobará una Orden que establece la limitación adicional solicitada por Andalucía y al mismo tiempo se prevé una excepción a esta medida. En concreto, la Orden del Ministerio de Agricultura, establece lo siguiente:
Limitar el cultivo a las zonas de producción históricas por haber cultivado algodón en alguna de las cuatro últimas campañas (1999/2000 a 2002/2003).
Exceptuar del cumplimiento de la anterior exigencia a una superficie de 8.000 ha.
La Consejería de Agricultura de Andalucía, que ha contestado inmediatamente al Ministerio de Agricultura en la mañana de hoy mismo, ha valorado muy positivamente la iniciativa del Ministerio de elaborar esta Orden, complementaria del Real Decreto, que incluye su propuesta de limitar el cultivo a las zonas históricas, si bien propone reducir la superficie exceptuada. Considera que con las medidas incluidas en esta Orden se reduce considerablemente del riesgo de que la producción nacional de algodón supere el umbral de las 362.000 t. Asímismo, la Consejería de Agricultura de Andalucía se ha comprometido a desarrollar una campaña informativa durante el mes de febrero para concienciar al sector algodonero sobre una moderación de las superficies de siembra.
Una vez que se reciban las observaciones de las Comunidades Autónomas y demás Organizaciones que deben informar el proyecto de Orden, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación la aprobará no más tarde del próximo día 30 de enero. Esta medida permitirá optimizar la percepción de los fondos comunitarios en beneficio de la economía andaluza.
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