El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad para la elaboración, comercialización y venta de confituras, jaleas, «marmalades» (mezcla de agua, azúcares y productos obtenidos de cítricos) y crema de castaña, con objeto de definir y fijar las condiciones y características que deben cumplir estos productos para su presentación, comercialización y consumo.
La norma, propuesta por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Ministerio de Sanidad y Consumo, modifica en gran parte a la anterior norma de calidad para confituras, jaleas y marmalade de frutas, crema de castañas y mermelada de frutas de 1990, y pone al día la regulación en nuestro ordenamiento interno, tras la entrada en vigor, en 2001, de una Directiva comunitaria que aborda esta materia.
Asimismo, pretende adecuar esta materia a la regulación, en lo relativo a aditivos, establecida en el Real Decreto 3177/1983 sobre la reglamentación técnico-sanitaria de aditivos alimentarios, al mismo tiempo que se actualiza el etiquetado para adaptarlo a la normativa previa que aborda este aspecto.
En su articulado, la norma recoge las denominaciones y definiciones de los productos, las materias primas e ingredientes autorizados, el tratamiento permitido, así como las condiciones de etiquetado, entre otros aspectos.
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