Aprobada la norma de calidad para el yogur

El Real Decreto tiene como objeto acabar con la dispersión normativa existente en materia de calidad del yogur, así como adaptar el rango de las disposiciones actuales, aprobadas en su día mediante Órdenes Ministeriales, a la Jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional para la normativa básica estatal, que aconseja su regulación con rango superior a Orden Ministerial.

De esta manera, se ha considerado necesario refundir en un único texto la regulación ya existente en esta materia y con el rango necesario.

En cuanto al contenido de la norma de calidad para el yogur o yoghourt, el texto aborda el objeto de la norma: definir las características de calidad, envasado y presentación que deben reunir los yogures para su adecuada comercialización en el mercado interior.

En este sentido, presenta una definición del producto; especifica los tipos de yogur según los productos añadidos, antes o después de la fermentación o la aplicación de tratamiento térmico después de la fermentación, en su caso; detalla los factores esenciales de composición y calidad, así como las materias primas y adiciones, esenciales y facultativas, con que contarán los yogures.

También aborda la norma los aspectos higiénicos, así como las condiciones de envasado, etiquetado y presentación.

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