El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado hoy el Real Decreto 10/2001, de adopción de medidas de carácter urgente para paliar los efectos producidos por las lluvias persistentes en determinados cultivos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La norma establece importantes medidas de apoyo al sector productor de fresas y cítricos de Andalucía Occidental, donde las contingencias climáticas vienen provocando graves pérdidas en las tres últimas campañas agrícolas.
Las lluvias persistentes acaecidas en el último trimestre del año 2000 y en el primero de 2001, afectaron, con especial intensidad, a la fresa en provincia de Huelva y también, de manera importante, a los cítricos en Sevilla, localizándose además zonas muy puntuales en las provincias de Cádiz, Córdoba y Málaga. El Real Decreto ha tenido en cuenta que el sector de la fresa en Huelva constituye un factor estabilizador de su economía provincial, con efectos directos e inducidos económicos y de empleo importantes ya que la cifra de negocio es de 60.000 millones de pesetas anuales y 55.000 jornales ocupados en el sector.
Ayudas.
El Real Decreto convalidado hoy por el Pleno del Congreso establece diferentes tipos de ayudas. Entre ellas, indemnizaciones de daños en las producciones agrarias de cítricos y fresas afectadas por el exceso de precipitaciones cuando estén aseguradas con pólizas en vigor del Seguro Agrario Combinado y este riesgo no tenga cobertura en la regulación vigente del seguro agrario.
También se prevén, en determinadas condiciones, bonificaciones de intereses a los préstamos que las entidades financieras puedan conceder a los titulares de las explotaciones afectadas con pólizas en vigor del seguro agrario en el momento de la percepción de la bonificación. El umbral de pérdidas para acceder a los beneficios del Real Decreto se fija en un 50 por ciento para cítricos y del 30 por ciento para la fresa, en atención a que ha venido sufriendo perjuicios en las últimas campañas y por los elevados gastos que se vienen realizando en este cultivo.
El importe máximo será de 5 millones de pesetas por titular persona física y 15 millones de pesetas, en el supuesto de personas jurídicas o comunidades de bienes. Los módulos máximos unitarios aplicables para la obtención de la cifra de préstamo total, dentro de los límites anteriormente establecidos, se fijan en 2 millones de pesetas por hectárea de cultivo de fresa y 100.000 pesetas por hectárea de cultivo de cítricos. La tasa de bonificación de interés con cargo a los presupuestos del Ministerio es de dos puntos porcentuales.
El volumen máximo global de préstamos con interés bonificado gracias al Real Decreto convalidado hoy es de 16.000 millones de pesetas, de los que hasta 10.000 millones se destinarán a los titulares de explotaciones agrarias afectadas en los cultivos de fresa o de cítricos y, hasta 6.000 millones de pesetas a las Asociaciones u Organizaciones de Productores y Cooperativas agrarias del sector de la fresa.
Además, con el fin de adecuar la carga fiscal a la capacidad contributiva de los titulares de las explotaciones agrarias cuyas producciones se han visto afectadas por esta meteorología adversa, se contemplan medidas de reducción en los índices de rendimiento neto correspondientes del régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al propio tiempo que se flexibilizan los pagos de las cuotas a la Seguridad Social, mediante la concesión de moratorias sin interés.
Concretamente, se contemplan moratorias de dos años, sin interés en el pago de las cuotas fijas de la Seguridad Social, para los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y para los titulares de explotaciones agrarias incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Asimismo, se prevé una moratoria, también de dos años sin interés, en el pago de las cuotas empresariales por jornadas reales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Nuevo seguro agrario.
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Miguel Arias Cañete, anunció en el Congreso de los Diputados la posibilidad de incorporar en el Plan de Seguros 2001 una nueva modalidad de seguro agrario que incluye el riesgo de lluvias persistentes en el cultivo, en respuesta a la petición hecha a través de las Organizaciones Profesionales Agrarias y de las Cooperativas.
En esta línea de afianzamiento y de extensión del Seguro Agrario, y con la finalidad de encontrar la fórmula mas adecuada de aseguramiento de este riesgo, se está trabajando en el seno de una Comisión constituida al efecto, integrada por representantes de los sectores, entidades e instituciones afectadas. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dedica en el presente ejercicio 27.000 millones de pesetas a la extensión del seguro agrario en España, y lo considera el instrumento idóneo de defensa ante situaciones climáticas adversas como la que ha motivado la norma hoy convalidada.
Cooperación con la Junta de Andalucía.
Por otra parte, las medidas contempladas en el Real Decreto-Ley, en lo que se refiere a bonificación de intereses de los préstamos, se declaran expresamente compatibles con las que pueda establecer la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los mismos préstamos, con cargo a sus Presupuestos e idéntica compatibilidad se establece en lo que se refiere a la subvención para los avales concedidos, en su caso, por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).
En esta línea de cooperación entre Administraciones, se prevé no sólo la compatibilidad entre las ayudas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las que pueda instrumentar la Junta de Andalucía, sino que en este caso, las ayudas del Ministerio serán de la misma cuantía que las que establezca la Junta de Andalucía.
MAPA