El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen las normas básicas para la ordenación sanitaria de las explotaciones apícolas, y las condiciones de ubicación, asentamiento y movimiento de colmenas, así como la infraestructura zootécnica que permitirá llevar a cabo la actividad profesional apícola con mayor eficacia.
Para ello, el Real Decreto establece un sistema único de identificación de colmenas, que permitirá conocer la explotación a la que pertenecen, y un registro de explotaciones en el que figurarán los datos personales del titular, la categoría de la explotación y el número de colmenas, datos que gestionarán las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas y que, posteriormente, formarán parte del Registro general de explotaciones que se creará en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La nueva normativa contempla también las condiciones que deberán reunir las explotaciones para el desarrollo de sus actividades, entre las que destacan la necesidad de contar con instalaciones y equipos que permitan las labores de limpieza, desinfección y desparasitación, así como la obligación de respetar, para su asentamiento, unas distancias mínimas para con los centros urbanos, viviendas rurales, carreteras y pistas forestales.
Los datos del titular de la explotación, el código de la misma, la información de los traslados de colmenas, así como los datos sanitarios y los análisis laboratoriales, se recogerán en un documento de explotación y trashumancia, que deberá estar a disposición de la Comunidad Autónoma donde esté registrada la explotación. Este documento, acompañado de un programa de traslados, será imprescindible para que los apicultores puedan asentar o hacer circular sus colmenas en otras CC.AA. por razones de trashumancia.
Según se recoge en el texto aprobado, las explotaciones estarán sujetas a inspecciones zootécnicas y sanitarias, para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos, estando previsto, dentro de la lucha contra las enfermedades de las abejas, que el MAPA elabore y coordine la aplicación del Plan Nacional de lucha integral contra la Varroosis, cuya ejecución corresponderá a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas.
Con esta normativa se actualizan y armonizan, de una forma global, todos los aspectos productivos y sanitarios de una actividad pecuaria que, mas allá de su repercusión económica, ha venido adquiriendo importancia por su contribución al equilibrio ecológico y a la conservación y diversidad de las plantas que dependen de la polinización, ayudando con ello a elevar la productividad de los cultivos.
MAPA