Aprobadas medidas para erradicar y controlar la enfermedad de los pinos denominada ‘Pitch Canker’

Está causada por la actividad del hongo Fusarium circinatum cuya presencia hasta la fecha era desconocida en España y puede provocar importantes pérdidas económicas

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del hongo Fusarium circinatum Niremberg et O’donnell, organismo que provoca importantes pérdidas económicas en las producciones de numerosas especies de pinos y otras coníferas.

La causa de la enfermedad es la actividad del hongo fitopatógeno Fusarium circinatum Niremberg et Ocuyo teleomorfo es Giberella circinata. Hasta fechas recientes la presencia de este organismo nocivo era desconocida en España.

Este hongo fitopatógeno tiene una elevada capacidad de diseminación a través del material forestal de reproducción, especialmente las semillas, la circulación de productos forestales, como la madera, y el concurso de insectos perforadores, como curculiónidos y escolítidos, que actúan como vectores del mismo.

El organismo ha sido detectado principalmente en material forestal de reproducción de pino en el norte de la península ibérica, y sólo en algunas ocasiones ha sido confirmada su presencia en masas forestales. Existe la sospecha de que pudiera estar presente en aquellos territorios en los que se encuentran importantes formaciones forestales de Pinus radiata, especie altamente sensible al «pitch canker». En todos los casos confirmados se ha procedido a la erradicación de los focos.

Dado que se trata de un organismo nocivo cuya presencia no se conoce en el territorio de la Unión Europea, ha sido necesario adoptar medidas de salvaguardia de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 58/2005, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para las vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.

Las medidas adoptadas garantizan que el material forestal de reproducción y los productos vegetales como la madera puedan circular sin riesgo de propagación de la enfermedad y, en el caso de aparición de brotes de «pitch canker», se determina su erradicación obligatoria y se establecen medidas de cuarentena en el territorio afectado y en una zona de seguridad en su alrededor hasta que se asegure su completa erradicación.

En la elaboración de este Real Decreto, que será de aplicación en todo el territorio nacional, han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados

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