El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la normativa básica del sector del tabaco en lo que respecta al régimen de cuotas de producción, primas y ayuda específica a las agrupaciones de productores. Esta legislación incorpora las novedades aprobadas por la Comisión Europea en el pasado mes de marzo y las complementa, con la finalidad de simplificar su aplicación.
En lo que se refiere a las primas (que comprenden una parte fija y otra variable), el texto establece que todos los productores recibirán la parte fija en función de la cantidad de tabaco en hoja entregada a la empresa. La parte variable, la establecerán las asociaciones de productores en función del precio de mercado obtenido por cada lote, con el fin de fomentar la calidad del producto.
Por otra parte, la ayuda específica que reciben las asociaciones de productores (equivalente al 2% de la prima), no solo se utilizará para realizar las nuevas tareas de gestión que les incumben, sino también para financiar medidas medioambientales. Además, con el fin de garantizar las exigencias de salud pública y respeto al medio ambiente, se aumenta la dotación del Fondo del Tabaco mediante una retención del 2% de la prima, para la cosecha de 2002 y del 3%, para la cosecha de 2003.
Con respecto a las cuotas de producción, la distribución será realizada por el Ministerio de Agricultura, lo que permitirá utilizar al máximo los recursos a disposición de los Estados miembros (cuando no se utilicen las cuotas de los productores en la fecha fijada para su contratación) y evitará que se superen los umbrales de garantía asignados a España.
La reserva nacional de cuotas se elimina en la nueva reglamentación, puesto que la experiencia adquirida en su aplicación, durante las tres cosechas pasadas, es que genera una complejidad administrativa superior a las ventajas que reporta.
Otra novedad que introduce el Real Decreto es el sistema de readquisición de cuotas, al que podrán acogerse los productores que deseen abandonar el sector y que no encuentren comprador para sus cuotas. También se flexibiliza la transmisión y cesión de cuotas de producción, con la finalidad de mejorar las estructuras de producción.
Por último, la normativa, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.E., contempla un procedimiento de reconocimiento de las empresas de primera transformación que pueden firmar contratos de cultivo.
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