Aprobado el proyecto de ley que deroga la ley de Cámaras Agrarias

Por otro lado, las elecciones a miembros de las cámaras agrarias como instrumento de medida de la representatividad de las organizaciones profesionales, no se han venido celebrando de forma homogénea en todo el territorio nacional, por lo que este sistema de valoración de la representatividad puede y debe ser mejorado.

En este sentido, la disposición transitoria única de este proyecto de ley se ocupa de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, especificando que en el plazo máximo de tres años, se establecerá la norma que regule un nuevo sistema para la determinación de la representatividad de estas organizaciones profesionales agrarias. Hasta entonces, se tendrán en cuenta, a estos efectos, los resultados de las últimas elecciones para la elección de miembros de cámaras agrarias de ámbito provincial, celebradas de conformidad con la Ley de 1986.

En consecuencia, seguirán manteniendo la consideración de más representativas ante la Administración General del Estado las organizaciones profesionales de agricultores y ganaderos que en la actualidad la tienen reconocida.

Todas estas medidas adoptadas en el proyecto de ley se refieren, lógicamente, a la representación de ámbito nacional, pudiendo las comunidades autónomas adoptar las decisiones que consideren más convenientes en sus respectivos ámbitos territoriales.

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