El Consejo de Ministros, ha dado luz verde al Real Decreto presentado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), para concretar determinados aspectos de la normativa comunitaria del sector del azúcar. La organización Común de Mercados en el sector del azúcar fija una serie de actuaciones a realizar por las administraciones de los Estados miembros, tanto de carácter administrativo, como de control, por lo que el MAPA ha considerado oportuno trasponer a la legislación nacional determinados aspectos de la OCM.
En un primer apartado del texto se recogen las modalidades de aplicación del reglamento 1260/2001 del consejo en lo que se refiere a la concesión de la restitución a la producción, por la utilización de determinados productos del sector del azúcar en la industria química.
El reglamento establece asimismo el procedimiento para la obtención de ayudas por parte de las empresas transformadoras que utilicen estos productos, con el doble fin de eliminar excedentes del sector y de contribuir al desarrollo de la biotecnología.
Por otra parte, el Real Decreto concreta el procedimiento a seguir por las empresas azucareras para trasladar parte del azúcar producido en una campaña, a la campaña de comercialización siguiente.
Por último, la normativa regula las comunicaciones que deben realizar las empresas del sector del azúcar en cumplimiento de la reglamentación comunitaria.
MAPA