APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COTMAC

El Gobierno de Canarias aprobó en la reunión del Consejo, a propuesta del consejero de Política Territorial y Medio Ambiente, Fernando González, el Proyecto de Decreto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC).

El Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, en su artículo 226, atribuye a la COTMAC, creada por la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias, las funciones que venía ejerciendo la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias (CUMAC), a la que sustituye, como órgano de deliberación, consulta y decisión de la Comunidad Autónoma en materia de ordenación del territorio y medio ambiente.

El nuevo Reglamento, que establece la nueva composición de la Comisión, otorga a partir de ahora un claro papel de representación política a las Administraciones Públicas con competencias territoriales, o sectoriales con relevancia en el territorio, y regula la inclusión de asociaciones sociales o económicas en calidad de invitados, y no como miembros permanentes de este órgano.

La COTMAC se estructura en un Pleno y dos Ponencias Técnicas, una por las islas occidentales y otra por las orientales.

Al Pleno de la Comisión le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: aprobar definitivamente los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos; aprobar de forma definitiva los Planes Territoriales Especiales de ámbito insular que desarrollen directrices de ordenación territorial superior, así como los de ámbito inferior al insular que no desarrollen determinaciones del correspondiente Plan Insular de Ordenación; aprobar definitivamente los Planes Generales cuando no se trate de modificaciones limitadas a la ordenación pormenorizada; actuar como órgano ambiental, en los supuestos previstos en la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de Impacto Ecológico; informar sobre la aprobación definitiva de las Directrices de Ordenación e informar previamente a la aprobación de las Normas e Instrucciones Técnicas del Planeamiento Urbanístico, entre otras competencias.

Gobierno de Canarias

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