ASAJA: Abierto el plazo para solicitar ayudas a la reposición de bovinos afectados por tuberculosis

En virtud de la Orden de 23-11-2007, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del pasado 25 de enero de 2008, podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas explotaciones en las que se hayan sacrificado, durante el ejercicio 2007, todos los bovinos reproductores mayores de 18 meses como consecuencia de un programa para la erradicación de tuberculosis en zonas de especial sensibilidad sanitaria.

Dichas zonas fueron objeto de definición por parte de la Consejería de Agricultura mediante una resolución y abarcan distintos términos municipales de las comarcas de Almodóvar del Campo, Ciudad Real, Piedrabuena, Malagón, Horcajo de los Montes, Villanueva de los Infantes y Valdepeñas, en la provincia de Ciudad Real; de la comarca de Jadraque, en la provincia de Guadalajara; y de las comarcas de Gálvez, Talavera de la Reina, Almorox, Yuncos y Torrijos, en la provincia de Toledo.

Las ayudas habilitadas por la Consejería de Agricultura consisten en 275 euros por animal adquirido con una edad comprendida entre los 14 y los 90 meses y un límite máximo de 42.000 euros por explotación. En este sentido, ASAJA Ciudad Real había instado a la Administración a aprobar ayudas de mayor cuantía, por considerar que las pérdidas de los ganaderos son muy superiores.

Los interesados tienen 30 días naturales, a partir de la entrada en vigor de la Orden, para presentar sus solicitudes a la Dirección General de Producción Agropecuaria. Podrán gestionarlas en cualquiera de las Oficinas Comarcales Agrarias, en las Delegaciones Provinciales y en la propia Consejería de Agricultura. Asimismo, otros mecanismos a su alcance son el fax 925 26 89 53, el teléfono 012 y el envío telemático, desde la página de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Por otra parte, los titulares que soliciten estas subvenciones deberán cumplir una serie de obligaciones. Entre ellas, la de mantener en sus explotaciones los animales objeto de las ayudas durante un período de, al menos, dos años; la de continuar con la actividad agraria durante cinco años, y la de reintroducir los animales objeto de ayudas en los quince meses siguientes al sacrificio del ganado enfermo.

Estas subvenciones se incluyen dentro de los Programas Nacionales de Erradicación de Enfermedades Animales, cuyo objetivo es la prevención, mediante la disminución de la incidencia de determinadas enfermedades animales. Entre ellas, la tuberculosis presenta una singular importancia epidemiológica.

ASAJA Ciudad Real

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