En repetidas ocasiones, antes y después de la su aprobación, ASAJA había alertado sobre las irregularidades de esta Ley, publicada en el BOE el 29 de mayo de 200, y que entró en vigor el pasado 1 de julio. En concreto, en su artículo 22, referente a la “valoración en el suelo rural”, deja sin efecto el actual artículo 26 de la Ley del Suelo ya derogada, que establecía el valor del suelo no urbanizable por el método de comparación a partir de valores de fincas análogas.
A partir de ahora, el valor del terreno se calculará por el sistema de capitalización de renta, es decir por el valor de lo que se pueda sembrar o recolectar, independientemente de que ese precio sea infinitamente inferior al de las fincas colindantes o incluso inferior al precio que se adquirió. Con este nuevo sistema de valoración, el nuevo justiprecio del suelo rural resultará verdaderamente irrisorio, ya que será mucho menor al actual y rondará entre 3 y 6 €/m2 , según los cálculos realizados por esta Organización.
A juicio de ASAJA, en el caso del urbanismo y con la nueva normativa, el agente urbanizador optará por un sistema expropiatorio absolutamente perjudicial para los agricultores, tanto por la nueva cobertura legal que justifica el expediente expropiatorio, como por el nuevo método de valoración del suelo rústico, tasado en función de la rentabilidad de la explotación que en muchos cultivos es ruinosa.
En resumen, se trata de un sistema de valoración tremendamente injusto que atenta contra la libertad del mercado, motivo por el cual ASAJA se dirigió ya en junio al Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para solicitar la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 22 de la Ley, por lo que la OPA considera positiva la propuesta, en el mismo sentido, anunciada el miércoles por el PP. Mientras tanto, esperamos que los Tribunales de Justicia sigan aplicando, como hasta ahora, en sus sentencias el principio del justiprecio.
ASAJA