ASAJA consigue que AGROSEGURO deje de aplicar desde hoy la cláusula de aprovechamiento industrial

Según Carlos Ferrer, desde ASAJA se ha transmitido a AGROSEGURO la demanda de cientos de socios, que afectados por circunstancias climatológicas adversas de este año tenían que hacer frente después a unas muy bajas indemnizaciones por las producciones frutícolas dañadas y que van a parar a la industria de transformación. En ese proceso, tras las peritaciones por daños, el agricultor padece a continuación la penalización de la denominada cláusula de “aprovechamiento industrial”, que es de 0,04 €/kilo.

 

Ferrer trasladó a Agroseguro la profunda preocupación de ASAJA “porque nos encontrábamos con que la industria transformadora estaba dando valor 0 al melocotón rojo y nectarina dañados”. Si la industria no compraba esta fruta, el agricultor sufría además la cláusula de aprovechamiento industrial, con lo que los productores perdían miles de euros (cifrados por ASAJA en unos 5,3 Millones de euros entre los daños sufridos en las provincias de Lleida y Huesca).

 

El secretario regional de ASAJA Aragón ha señalado también que ASAJA sigue negociando con ENESA otro punto de discordia en materia de seguros, como es la franquicia por viento huracanado, y Ferrer se ha mostrado “en principio esperanzado de que lleguemos a entendimiento, como en este caso de la cláusula de aprovechamiento industrial que la entidad estatal de seguros ha decidido retirar al entender los razonamientos que hemos planteado desde ASAJA”.

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3 respuestas a «ASAJA consigue que AGROSEGURO deje de aplicar desde hoy la cláusula de aprovechamiento industrial»

  1. Ha sido por la presión de ENESA al monopolio de Agroseguros , que si no no suelta un céntimo. Más veces tendría que intervenir el Ministerio para evitar los habituales abusos del monopolio y por ahí tiene que actuar ASAJA.

  2. Si descuentan los de Agroseguro 10 de la indemnización por lo que la transformadora solo paga 1 (y de ahí quita gastos),lo que tienes es que te están aplicando una condición abusiva del contrato, NULA=art. 3º Ley 50-80 de Seguro

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