ASAJA CR: ‘Los cambios en el nuevo REASS responden a nuestras reivindicaciones’

Nota de ASAJA-CR
El pasado 1 de enero ha entrado en vigor la normativa sobre el nuevo REASS, publicada en el BOE el pasado 12 de noviembre (ley 36/2003). En esta Ley se contemplan las propuestas y reivindicaciones presentadas el pasado año por ASAJA al Ministerio de Trabajo.

Así en la Ley aparece reflejado el criterio de voluntariedad respecto al Régimen, es decir, aquellos trabajadores que quieran continuar con el anterior régimen (cotizar 132 euros para percibir una jubilación de 420 euros) lo podrán hacer, y los que renuncien antes del 31 de enero actual, irán al nuevo sistema que ha entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2004 y que experimenta una ligera subida de cotizaciones (192 euros mensuales), con el consiguiente aumento de las prestaciones (jubilación de 540 euros), hasta su equiparación total con las bases y cotizaciones del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el año 2018.

Si no se acogen al nuevo sistema en este mes de enero, podrán hacerlo para ejercicios futuros antes del 1 de octubre de cada ejercicio.

Desde la Organización Agraria de Jóvenes Agricultores –ASAJA- de Ciudad Real aconsejamos a todos los profesionales de la agricultura que se encuentren por debajo de la edad de 50 años que se acojan al nuevo sistema ya que las prestaciones de jubilación se determinaran teniendo en cuenta los últimos 15 años de cotización, y aunque la subida de cotización es de 10.000 pts/mes, se traduce en un incremento de la pensión de jubilación de 20.000 pts/mes.

La nueva Ley también desarrolla la incorporación del cónyuge, sin ninguna objeción, al Régimen Especial Agrario siempre que se demuestre que hay una dedicación preponderante en la actividad agraria. Este medida da respuesta a una petición reiteradamente planteada por el colectivo de mujeres de nuestra Organización, AMFAR.

Por otra parte, con el nuevo REASS se han adoptado medidas muy positivas respecto a las bajas por accidentes, ya que el agricultor podrá obtener la baja a partir del cuarto día, si se trata de contingencias comunes por enfermedad, o a partir del primer día, si se trata de un accidente de trabajo. Sin duda, se trata de una mejora sustancial ya que en la actualidad es necesario un período de quince días previos antes de obtener la baja.

Debemos recordar también que el sistema de altas del sector agrario que existe en la actualidad, que permite comunicar directamente y mediante fax las altas en el mismo día o en el posterior según los casos (y NO como pretendía la Seguridad Social de hacerlo con carácter previo) es fruto, también, de la negociación llevada a cabo por ASAJA.

Por otra parte ASAJA de Ciudad Real quiere recordar al Gobierno el compromiso asumido de elaborar, en un plazo de seis meses, una nueva definición del trabajador por cuenta propia del REASS que mantenga como tales a los que tienen ésta condición en la actualidad, así como de arbitrar una reducción en la base de cotización para los jóvenes menores de 30 años.

A la vista de todo lo anterior, se puede deducir que se trata de un conjunto de medidas que no solo mejoran el régimen agrario, sino que garantizan su permanencia, lejos de los negros presagios anunciados por otras organizaciones agrarias empeñadas en decir que el régimen iba a desaparecer

ASAJA

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