ASAJA reclama medidas de choque para paliar la escalada de precios del gasóleo

Una subida que, sumada al del resto de derivados del petróleo (fertilizantes, plásticos, envases…), pone en serias dificultades la viabilidad de numerosas explotaciones agrarias. Desde ASAJA reclamamos la inmediata puesta en marcha de medidas de choque para paliar esta escalada de precios. Medidas que deberían pasar por el establecimiento de una fiscalidad diferenciada, y menor, sobre el gasóleo de uso agrario.

En la actualidad tres son los impuestos indirectos que inciden sobre el precio final del gasóleo que adquieren los agricultores: el Impuesto especial sobre Hidrocarburos y el Impuesto sobre Ventas minoristas de determinados hidrocarburos, ambos de carácter específico, y el Impuesto sobre el Valor Añadido del 16 por 100, que se aplica sobre el precio incrementado por los impuestos anteriores. Estos tres impuestos representan el 25,5 por 100 del precio final del gasóleo agrario.

Estructura del precio del gasóleo según usos

Componentes

Gasóleo uso agrario

(Sistema vigente)

Gasóleo profesional

(Fiscalidad mínima permitida)

€/1000 l

%

€/1000 l

%

Precio antes de impuestos

539,0

74,5

539,0

83,0

I. Hidrocarburos

78,7

10,9

21,0

3,2

I.Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos

6,0

0,8

0

0

IVA *

99,8

13,8

39,2

13,8

Total impuestos

184,5

25,5

60,2

17,0

Precio final

723,5

100,0

599,2

100,0

* El 16 por 100 (o el 7 por 100 en el caso de gasóleo profesional) de la suma del precio antes impuestos y los impuestos sobre Hidrocarburos y sobre Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.

En opinión de ASAJA, existe todavía un cierto margen para reducir la cuña fiscal sin contravenir las disposiciones comunitarias sobre la materia. La legislación europea permite la reducción de los impuestos especiales sobre el gasóleo agrario (en el caso de España, Hidrocarburos y Ventas minoristas de determinados hidrocarburos) hasta 21 euros/1000 litros, así como aplicar a este insumo un tipo de IVA reducido del 7 por 100, igual que se aplica a otros suministros de bienes y servicios utilizados normalmente para la producción agraria. De aplicarse la fiscalidad mínima permitida el peso de la misma sobre el precio final del gasóleo agrario se reduciría al 17 por 100 y se lograría una disminución adicional del precio que soportan los agricultores del 38 por 100.

Por otro lado, en relación con la fiscalidad directa que soportan los agricultores y ganaderos a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ASAJA solicita que se vuelvan a instaurar las medidas adoptadas por el Gobierno en el año 2000 y que consistían en : la deducción del 35 por 100 de los gastos del gasóleo y la deducción por gastos en fertilizantes y plásticos hasta el 15 por 100, así como la rebaja del plazo de amortización de la maquinaria a dos años. Igualmente, deberían adoptarse también recortes generales del 2 por 100 de los índices o módulos de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas, y el incremento al 10 por 100 de la deducción por gastos de difícil justificación (que es del 5 por 100 en el régimen de Estimación Directa).

En resumen, un conjunto de medidas fiscales que permite la Unión Europea y que darían como resultado el poder llegar al ansiado gasóleo profesional.

Por último, y debido a la grave crisis en la que está inmersa la ganadería española con cotizaciones en origen que resultan, en muchas casos, ruinosas y costes de producción disparados como consecuencia del encarecimiento de los bienes de producción (piensos, gasóleo…), desde ASAJA insistimos, como lo venimos haciendo desde hace varios meses, en la necesidad de que se apruebe un incremento hasta el 9 % en la compensación del I.V.A. del Régimen Especial Agraria, para los ganaderos y así igualarlo con el de agricultura, para de esta manera poder paliar, en alguna medida, los nefastos resultados económicos de las explotaciones ganaderas.

ASAJA

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