Los servicios jurídicos de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) acumulan decenas de casos en los que un determinado comercio citrícola se ha visto obligado judicialmente a justificar la liquidación realizada al productor. La organización agraria –ahora que están llegando en masa las liquidaciones a los productores, la mayoría de ellas ‘a comercializar’- anuncia en este sentido que apoyará cualquier iniciativa que vaya en esta dirección y reclama de igual manera a comercios privados y cooperativas transparencia a la hora de dar sus resultados y de rendir cuentas por ellos. “Siempre hemos aconsejado la defensa de un precio pero si el citricultor se ve obligado a vender su cosecha ‘a comercializar’ y posteriormente se siente engañado debe reclamar al operador” señala el presidente de AVA-ASAJA, Cristóbal Aguado.
La práctica ‘a resultas’, ‘a comercializa’ o el ‘ya-te-veré’ –como también se le conoce popularmente- se basa en un acuerdo entre las partes que conlleva la obligación del operador de asumir los costes de la recolección del fruto y la comercialización posterior sin que en el contrato figure un precio por arroba o por kilo. El productor, por lo tanto, acepta el riesgo que supone el depender de cómo se paguen sus cítricos en el mercado. Se trata, como señalan las reiteradas sentencias y autos acumulados a este respecto, de un ‘contrato de compra-venta atípico’ pero sometido como el resto al ‘principio de buena fe’. Si la liquidación resultante del proceso no estuviera bien detallada y no satisficiera al productor, éste estaría legitimado por tanto a reclamar judicialmente que se rinda cuentas de forma detallada y justificada. El departamento jurídico de AVA-ASAJA ha reclamado con éxito, de hecho y por un coste asumible, la práctica de multitud de diligencias preliminares en virtud de las cuales el comercio se ha visto obligado a entregar este tipo de documentación. Se trata de procesos que, por otra parte, podrían tener su continuidad y derivar en una segunda actuación contra el operador en caso de que tal información siguiera sin satisfacer al demandante.
En este sentido, una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Nules ratificaba que tales documentos no pueden considerarse como “internos” o confidenciales porque para la debida rendición de cuentas no es “suficiente con la entrega de la factura emitida por la mercantil” sino que debe “comprender la globalidad de los actos de administración y de disposición realizados por la apoderada, expuestos de manera sistemática junto con los cobros percibidos y con los gastos soportados indicándose el destino del dinero percibido y el origen del dinero aplicado a subvenir los gastos”.
Aguado señala que el “citricultor no puede aceptar que la liquidación suponga a un tiempo el asumir su ruina y un acto de fe sobre la actuación del comercio. El operador sí logra un beneficio, pero quien generó el negocio, no, por lo que es justo reclamar al menos explicaciones”. AVA-ASAJA solicita por todo ello a los comercios –privados o cooperativas- que, en caso de disconformidad, el citricultor pueda tener libre acceso a documentos tales como: el precio de venta, las facturas emitidas al comprador, la trazabilidad que siguieron las clementinas en cuestión, el coste de confección, del transporte de la finca al almacén y de éste a su punto de destino, de la recolección, de los gastos generales aplicados, el listado de clasificación de calidades y calibres…
AVA-ASAJA