Avances en el sistema de clasificación de canales de vacuno pesado y en el registro de precios

Conforme la nueva normativa, se establece el empleo obligatorio de las subclases para determinar la conformación cárnica, fijándose un período transitorio de 6 meses, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto, para su implantación. La utilización de las subclases será, sin embargo, voluntaria para establecer el estado de engrasamiento.

También plantea, con carácter voluntario, la realización de la clasificación de canales de vacunos de peso vivo inferior a 300 Kg.

El Real Decreto simplifica el faenado y reduce del número de presentaciones autorizadas, a efectos de registro de precios, para facilitar la normalización y ganar transparencia en la comercialización en el mercado cárnico. No obstante, una vez clasificada la canal y registrado su peso, se podrá realizar el posterior acondicionamiento de la misma para adaptarse a las presentaciones que demande el mercado.

Por otra parte se establece un régimen de autorización de clasificadores, que ordena su actividad, incluyendo los criterios para su cualificación, entre los que se encuentra superar un curso teórico-práctico. Además se crea un Registro Nacional de Clasificadores de Canales de Vacuno.

En nuevo Real Decreto sienta las bases legales para la implantación de las técnicas de clasificación automatizada en el país, con objeto de lograr una adaptación a las últimas novedades en esa materia.

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