Ayudas estructurales a la pesca: Adaptada la normativa básica

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero y se adapta la legislación española a los dos reglamentos aprobados el año pasado por Consejo de la Unión Europea (1447/2001 y el 1451/2001).

La norma se ha aprobado tras ser consultadas las entidades representativas del sector y las comunidades autónomas, no habiendo realizado observaciones ninguna de ellas previamente al dictamen del Consejo de Estado. El Real Decreto aprobado hoy retrotraerá sus efectos al día 1 de enero de 2000, de conformidad con lo previsto en la normativa comunitaria.

El primero de los dos reglamentos supuso un incremento de la participación comunitaria, hasta el 80 por ciento en el coste total subvencionable de determinadas regiones españolas del Objetivo nº1, en casos debidamente justificados. Estos casos, que están definidos en el Marco Comunitario de Apoyo para el Objetivo nº1 en España, aprobado por la Comisión, permitirán que la participación de los Fondos Estructurales en las operaciones cofinanciadas por dichos fondos en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla la Mancha, Extremadura, Galicia y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, se vea incrementada.

Asimismo, la modificación también supone un incremento de la participación comunitaria, hasta el 85 por ciento, en el coste total subvencionable en casos excepcionales debidamente justificados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

MAPA

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