La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Castilla-La Mancha ha publicado esta semana una Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha por la que se establece un régimen de ayudas para la adquisición de maquinaria destinada a la mejora y conservación de los caminos rurales de dominio público existentes en Castilla-La Mancha.
La mejora y conservación de los caminos rurales implica un acortamiento de tiempos en los desplazamientos y, por consiguiente, un acercamiento a los mercados, lo que contribuye a un incremento de la competitividad y de la rentabilidad del sector agrario. Asimismo, se produce una mejora del entorno, se optimizan los recursos disponibles y se contribuye al desarrollo sostenible y de la calidad de vida de los habitantes del medio rural.
Por ello, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente ha considerado conveniente establecer estas ayudas para financiar inversiones en la mejora y conservación de caminos rurales, con el doble objetivo de garantizar el servicio público que deben prestar y de posibilitar su adaptación a la evolución del medio rural con el mínimo coste social. Asimismo, la Consejería ha creído oportuno corresponsabilizar en la financiación a los usuarios, a través de las mancomunidades y ayuntamientos.
Las actuaciones que se subvencionarán, según establece esta Orden, son: la adquisición de equipos básicos, compuestos por motoniveladora, rodillo compactador y retroexcavadora mixta; adquisición de equipo completo, compuesto por el equipo básico más camión de transporte y cisterna de agua; y equipo auxiliar, compuesta por una o varias de las máquinas integrantes del equipo completo.
Estas actuaciones podrán subvencionarse directamente, con hasta un 80% de la inversión financiable, siendo la inversión máxima de 44.924.220 pesetas en el caso del equipo básico, 59.898.960 pesetas para el equipo completo y 24.957.900 pesetas para equipo auxiliar.
Los beneficiarios de estas subvenciones son las mancomunidades de ayuntamientos de Castilla-La Mancha que cumplan los siguientes requisitos: que los municipios integrados en cada mancomunidad pertenezcan a una misma comarca, según la zonificación aprobada por las Cortes regionales para la aplicación de los programas de desarrollo rural y que las mancomunidades que se acojan a las ayudas tengan una red de caminos rurales públicos de más de mil kilómetros, agrupen al menos a cinco municipios y cuenten con una superficie superior a 25.000 hectáreas.
Los beneficiarios de las ayudas se comprometen, durante un período de cinco años desde que se les conceden las ayudas, a contratar como mínimo a dos trabajadores fijos, así como a entregar a la Consejería las Ordenanzas reguladoras del uso y conservación de los caminos rurales de todos los municipios integrantes de la mancomunidad.
Por otra parte, la Orden contempla la posibilidad de que el Gobierno regional pueda suscribir convenios de colaboración con las Diputaciones provinciales para llevar a cabo conjuntamente la realización de obras en materia de mejora y conservación de caminos, que sustituyan a nivel provincial a las actuaciones contempladas en este régimen de ayudas.
Las condiciones mínimas que habrán de cumplir dichos convenios, entre otras, son: el ámbito territorial será la provincia; la financiación será a partes iguales (50%) entre la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente y cada Diputación provincial; y la duración mínima de los convenios será de dos años.
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas será entre el 1 de enero y el último día de febrero cada año, salvo en este año 2001 en el que, excepcionalmente, el plazo se ha establecido desde la publicación de la Orden hasta el 31 de mayo
GABINETE DE PRENSA