Bases del Plan de Vigilancia sanitaria serológica del ganado porcino

Nota de ASAJA
Mediante un Real Decreto aprobado recientemente se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria serológica del ganado porcino para enfermedades como la peste porcina clásica, la peste porcina africana y la enfermedad vesicular porcina. Esta normativa sustituye el anterior sistema de calificación sanitaria y se determinan los controles a realizar según el tipo de explotación.

La evolución del la situación sanitaria experimentada por el sector en los últimos años, junto con la ausencia en el resto de la UE de calificaciones sanitarias oficiales de explotaciones porcinas obliga, en aplicación del principio de seguridad jurídica, a la aprobación de un nuevo decreto, al tiempo que en el mismo se sustituyen las citadas calificaciones sanitarias por las relativas a la enfermedad de Aujeszky, lo que permite, por otra parte, suprimir trabas al movimiento de animales de la especie porcina desde España al resto de la Unión Europea.

En el mismo, se establece la periodicidad de los controles serológicos según el tipo de explotación, diferenciando los centros de inseminación, explotaciones de selección y de multiplicación, explotaciones de producción o de recría de reproductores, atendiendo también al movimiento de los animales, tanto en sus desplazamientos dentro de España como hacia el resto de la Unión Europea, una medida que ofrecerá mayor garantía sanitaria.

Por último, se unifican los controles a realizar en las explotaciones porcinas respecto de la peste porcina clásica, la peste porcina africana y la enfermedad vesicular porcina, independientemente de que el sistema de producción sea en régimen extensivo o intensivo.

ASAJA

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