De este modo, los titulares de explotaciones ganaderas dedicadas a la cría de ovino, caprino y bovino, comunicarán a los veterinarios de Inspección Pecuaria de las Oficinas Comarcales Agrarias, de su área geográfica, la entrada de estos animales durante el primer día hábil después de su llegada.
No obstante, la resolución excluye de esta obligación a los mataderos que sacrifiquen animales de especies sensibles en el caso de que el sacrificio se realice en el plazo de 24 horas.
La conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decidido establecer la obligatoriedad de comunicar la llegada de este tipo de animales con el fin de adoptar las medidas necesarias que permitan facilitar la detección inmediata de sintomatología de enfermedades que puedan estar asociadas con la lengua azul, así como proceder a la toma de muestras de sangre en los casos en que se considere necesario.
Cabe destacar que esta medida es uno de los puntos contemplados en el programa de vigilancia para la detección precoz de la lengua azul, que la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación continúa aplicando, como medida preventiva, ante la reciente aparición de focos de esta enfermedad en el territorio nacional.
Todas estas medidas se enmarcan en la Ley 6/2003, de Ganadería de la Comunidad Valenciana, según la cual la Administración autonómica puede adoptar decisiones dirigidas a la prevención y toma de muestras en el caso de enfermedades declaradas oficialmente fuera de la Comunidad Valenciana.
Cabe recordar que la lengua azul o fiebre catarral es una enfermedad completamente inocua para los seres humanos y que no se transmite directamente entre los animales, ya que sólo la presencia de un vector de transmisión, el mosquito ‘Culicoides imnicola’, puede extender el virus.
Generalitat Valenciana