Castilla-La Mancha establece el registro de explotaciones ganaderas

Nota de ASAJA CR

El Real decreto 205/96 ya fijaba la obligación de registrar las explotaciones ganaderas como instrumento de la política en materia de sanidad animal y de ordenación del sector ganadero, y también fijaba un sistema de identificación y registro para las especies bovina, porcina, ovina y caprina, por otra parte la Ley 8/2003 de Sanidad Animal daba un plazo de dos años para que todas las explotaciones se inscribieran en un registro.

En cumplimiento de estas disposiciones, la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha establece un registro de explotaciones ganaderas, gestionado informáticamente a través del SIGCA (Sistema Integrado de Gestión y Control de Ayudas).

La Orden establece que para el ejercicio de la actividad ganadera, todas las explotaciones y núcleos zoológicos de la región deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Explotaciones de CLM, dicha inscripción será necesaria para la autorización del movimiento desde o hacia la explotación y ninguna nueva explotación podrá iniciar la actividad sin estar registrada.

Las explotaciones que actualmente estén autorizadas deberán actualizar los datos en el registro en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Orden ( finalizará el 10 octubre de 2004). Para estas explotaciones ya autorizadas ASAJA solicitará a la Administración que se les exima de presentar la licencia municipal y el informe de impacto medioambiental.

ASAJA comunica a todos sus asociados que para la realización de estos trámites pone a disposición de sus asociados, y de los ganaderos en general, sus oficinas y sus técnicos.

ASAJA CR

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