Castilla-La Mancha regula la gestión de los purines de explotaciones porcinas

La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Castilla-La Mancha ha regulado, a través de una Orden publicada ya en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, los procedimientos de producción y gestión de los estiércoles (purines) de las explotaciones porcinas en Castilla-La Mancha, así como ha fijado el modelo de solicitud de autorización administrativa para su gestión.

El director general de Calidad Ambiental, Javier Nicolás, manifestó su satisfacción por esta nueva norma que “viene a regular la correcta gestión y aprovechamiento de los residuos ganaderos, priorizando su valorización como fertilizante agrícola, de forma compatible con la protección del medio ambiente y, especialmente, en lo que se refiere a las masas de agua”.

Nicolás explicó que “desde hace muchos años los residuos ganaderos se han utilizado en las explotaciones agrarias como abono órgano-mineral” y añadió que “la necesidad de establecer esta nueva norma surge porque en los últimos años se ha producido una creciente concentración de explotaciones porcinas intensivas en determinadas zonas de la región, que además se han ido desligando de las explotaciones agrarias, con el consiguiente riesgo de generar una posible contaminación ambiental”.

Esta nueva norma establece que la gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas podrá realizarse a través de cuatro tipos de procedimientos: valorización como abono órgano-mineral; tratamiento de estiércoles mediante compostaje, secado artificial, etc.; eliminación de los estiércoles mediante vertido previamente depurado; y la entrega a centros de gestión de estiércoles.

En el caso de la valorización como abono, las explotaciones deberán disponer de balsas de almacenamiento de estiércol, respetar unas distancias mínimas en su distribución en el terreno y acreditar que disponen de superficie suficiente, propia o concertada, para la utilización del estiércol como fertilizante.

Los titulares de explotaciones porcinas que opten por este procedimiento de gestión deberán solicitar la correspondiente autorización administrativa a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

La valorización como abono se llevará individualmente por cada explotación. En el caso de que se quiera realizar a través de un programa de gestión común para varias explotaciones será necesario contar previamente con una autorización de la Dirección General de Calidad Ambiental.

Las actividades de valorización y eliminación de estiércoles sometidos a procesos de compostaje, secado artificial y otros similares se realizarán según la normativa establecida en la Ley Nacional de Residuos.

En el caso de la eliminación de estiércoles mediante vertido, las explotaciones tendrán que cumplir las normas que estable la Ley Nacional de Aguas y los Reglamentos que lo desarrollan. Asimismo, además de la solicitud regulada por esta Orden, las explotaciones deberán solicitar la autorización de vertido ante el organismo de la cuenca hidrográfica correspondiente.

El cuarto procedimiento, establece que la gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas, bien como abono órgano-mineral o para su tratamiento, podrá ser realizada por un centro de gestión, que se encargará de recogerlos en las explotaciones y, en su caso, tratarlos o valorizarlos, bajo su responsabilidad. Dichos centros deberán estar autorizados y registrados, tal y como se establece en la Ley Nacional de Residuos.

Por último, Nicolás indicó que “todas la explotaciones de porcino afectadas por esta norma, con independencia del procedimiento de gestión de los estiércoles que realicen, tendrán que tener un Libro de Registro en el que se refleje la adecuada gestión de los purines”.

JCCM

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