Al no haberse modificado el texto, no tiene que volver al Congreso de los Diputados, por lo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La nueva Ley articulará jurídicamente el acuerdo alcanzado por el Gobierno el pasado 20 de octubre de 2005 con la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, COAG, y el resto de organizaciones profesionales del sector, por el que se mejora notablemente la Seguridad Social del sector agrario.
Con la puesta en marcha del nuevo Sistema de la Seguridad Social Agraria se ve cumplida una de las reivindicaciones históricas de esta organización; dotar a los profesionales de sector de un sistema de protección social y digno. Cerca de 350.000 profesionales se beneficiaran de este acuerdo, con incrementos notables de pensiones y prestaciones. Además de los miles de agricultores y ganaderos encuadrados en el actual REASS, se verán beneficiados también otros tantos miles de profesionales que en la actualidad están en el régimen transitorio establecido desde el 1 de enero del 2004 y en el RETA.
El nuevo modelo crea un Sistema especial para el sector agrario, que se encuadrará en el marco del RETA, Régimen de Trabajadores Autónomos, pero contemplando una serie de especificidades que COAG ha planteado desde siempre, como son el carácter multifuncional de la actividad agraria y el mermado nivel de renta de los agricultores/as y ganaderos/as, que no superan el 58% del nivel medio de renta del Estado español. Atendiendo a estas premisas, se mejoran notablemente las pensiones y las prestaciones, para aproximarlas a las que disfrutan el resto de trabajadores; mientras que se aplica un tipo reducido de cotización (18,75 %, frente al 26,5 % del RETA), en atención a las especificidades ya mencionadas.
También se clarifica el campo de aplicación a todos los agricultores cuya renta neta esté por debajo de 26.000 euros incluyendo a los ganaderos libres sin tierras y se acepta una nueva situación de contratación fija adaptada a las necesidades reales del modelo de explotación familiar. Este modelo resulta más social y justo y queda establecido para agricultores y ganaderos profesionales, con niveles de renta reducidos, y se reconoce, dada la nueva realidad del modelo de agricultura familiar, la posibilidad de contratar a dos personas por explotación y una más por cada cotitular. Se establece una rebaja del 30% de las cuotas durante cinco años para aquellos nuevos cotizantes que tengan 40 o menos años y sean cónyuges o descendientes del titular de la explotación, una medida que facilitará la necesaria incorporación de hombres y mujeres jóvenes a la actividad agraria.
La nueva norma reconoce también la igualdad de trato entre las parejas de hecho y los matrimonios en las referencias contenidas sobre el cónyuge del titular de la explotación, una vez que se regule en la Seguridad Social el alcance del encuadramiento de la pareja de hecho del empresario o del titular del negocio, industrial o de la explotación agraria .
COAG-Murcia