COAG: Insuficientes ayudas aprobadas por el Consejo de Ministros

La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, COAG, valora la prontitud pero considera insuficiente el decreto ley de ayudas para los regantes que se hayan visto afectados por la sequía, aprobado hoy por el Consejo de Ministros. Sólo los agricultores de las cuencas del Guadalquivir, Segura y Jucar, aquellas cuyas dotaciones son iguales o están por debajo por debajo del 50%, podrán beneficiarse del contenido de las ayudas aprobadas: exención de cuotas de tarifa de utilización del agua y canon de regulación.

Una vez analizado el contenido del Decreto Ley, COAG expone las siguientes consideraciones:

v El establecimiento de las medidas de apoyo a los titulares de explotaciones agrarias de regadío con el condicionante de que la dotación de agua sea igual o inferior al 50% no es el adecuado. Hay que recordar que en las ayudas de sequía del 2005 se tenía en cuenta un criterio de dotación inferior, en torno al 30%, para la exención de los cánones.

v Actualmente hay explotaciones con dotaciones de agua que no cumplen este requisito y cuyos daños por sequía son cuantiosos. A la escasez en la disponibilidad de agua para riego, los agricultores y ganaderos tienen que añadir el esfuerzo financiero que están realizando en la modernización de regadíos, el incremento de los costes de producción, por la subida de inputs como el gasóleo o los fertilizantes, a los que hay que sumar nuevos costes por el cumplimiento de las normativas cada vez más estrictas de protección medioambiental, seguridad en el trabajo, gestión de residuos, etc. y por la instauración de la trazabilidad y la certificación del aseguramiento de la calidad. Sólo en 2005, la renta agraria ha descendido un 10,5%.

v Por este motivo, COAG ha propuesto a la Administración que, para que un mayor número de agricultores puedan beneficiarse de estas medidas, se introduzca un estrato o dos en función del porcentaje de infradotación que sufren estas explotaciones, de forma que aquellas que han tenido reducciones entre un 25% y un 50% puedan acogerse a las exenciones aprobadas.

v En este sentido, COAG propone dos opciones para llevar a cabo estas modificaciones:

Opción A: Establecer dos estratificación de las ayudas de tal manera que se maneje el criterio de la dotación del agua. Las exenciones a estas explotaciones serían:

Þ Infradotaciones situadas desde un 25% e inferiores al 50% : tendrían una exención del 50% en las medidas plasmadas en el RD – Ley

Þ Infradotaciones iguales o superiores del 50% : tendrían una exención del 100% en las medidas plasmadas en el RD – Ley

Opción B: Establecer tres estratificación de las ayudas de tal manera que se maneje el criterio de la dotación del agua. De esta manera las ayudas a estas explotaciones serían:

Þ Infradotaciones situadas desde 25% hasta un 37.5% : tendrían una exención del 50% en las medidas plasmadas en el RD – Ley

Þ Infradotaciones situadas entre un 37,5% y un 50% : tendrían una exención del 75% en las medidas plasmadas en el RD – Ley

Þ Infradotaciones iguales o superiores del 50% : tendrían una exención del 100% en las medidas plasmadas en el RD – Ley

COAG

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