COAG: ‘La normativa europea de etiquetado de alimentos genéticamente modificados es insuficiente’

Nota de COAG

Esta normativa contempla la obligación de etiquetar los alimentos que contengan un 0.9% o más de elementos genéticamente modificados. Este umbral es fruto de la negociación con los sectores productivos que manifiestan que no tienen medios de garantizar que sus productos están libres de transgénicos al 100%.

COAG considera que esta normativa presenta diversas deficiencias :

No todos los productos de alimentación tienen la obligación de etiquetar. Así, alimentos como la carne o la leche no hay forma de saber si contienen o no elementos genéticamente modificados por considerar que los componentes transgénicos del pienso (que sí tiene obligación de mostrar la cantidad de OGM de su composición) no persisten en la carne ni la leche del animal y por tanto, no llegan al consumidor final.

La tecnología permite detectar contaminación de hasta 0,1%, pero el umbral está en 0,9%, el consumidor pierde el derecho de información y su libertad de elección si el alimento que compra presenta menos de un 0,9% de OGM.

Este etiquetado responde al concepto de «trazabilidad» que se inicia cuando el agricultor tiene la obligación de informar al fabricante el origen y tipología de las semillas que ha cultivado. En este punto, desde COAG, se hace un llamamiento para que se establezcan más controles que aseguren que dichas medidas de trazabilidad se han aplicado correctamente desde el origen hasta el final.

En este sentido, COAG expresa su disconformidad frente a esta normativa hasta que se contemplen medidas específicas que solventen las deficiencias comentadas de forma que se pueda garantizar las libertades de consumidores y agricultores.

COAG

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