El plazo estará abierto hasta el próximo 30 de abril. Una vez concluido este plazo, los agricultores podrán modificar sus solicitudes hasta el 31 de mayo. La normativa reguladora de estas solicitudes está recogida en el Real Decreto 1470/2007, publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 3 de noviembre de 2007.
Es necesario destacar la importancia de que los productores cumplimenten adecuadamente sus solicitudes únicas y las presenten dentro de dicho plazo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la exclusión del sistema de ayudas directas para esta campaña, por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
Las ayudas directas que se pueden solicitar en dicha solicitud única son las siguientes:
§ Régimen de pago único.
§ Pagos acoplados:
– Ayuda a los productores de cultivos herbáceos.
– Ayuda a los cultivos energéticos.
– Ayuda específica al arroz.
– Ayuda a los productores de patata con destino a fécula.
– Ayuda a los frutos de cáscara.
– Ayuda a los productores de semillas
§ Pagos específicos:
– Ayuda específica al cultivo de algodón.
– Ayuda al olivar.
– Ayuda al tabaco.
– Primas por oveja y cabra.
– Prima por vaca nodriza.
– Prima complementaria por vaca nodriza.
– Prima por sacrificio de ganado vacuno.
§ Pagos adicionales:
– Pagos adicionales en el sector del algodón.
– Pagos adicionales en el sector del tabaco.
– Pagos adicionales en el sector de la remolacha y la caña de azúcar.
– Pagos adicionales en el sector del ganado vacuno (explotaciones que mantengan vacas nodrizas, carne de vacuno de calidad reconocida, pagos adicionales en el sector lácteo).
Cada productor debe presentar su solicitud única en la Comunidad Autónoma donde radique su explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y, en caso de no disponer de superficie, donde se encuentren el mayor número de animales de la explotación.
Asimismo, en el mismo plazo, los agricultores pueden presentar la solicitud de derechos de la Reserva Nacional de Pago Único. Concretamente podrán solicitar derechos de dicha Reserva, entre el 1 de febrero y el 30 de abril los productores incluidos en alguno de los grupos que se especifican en su normativa reguladora.
El plazo de pago de las solicitudes comenzará el 1 de diciembre de 2008. En 2007 presentaron la solicitud única un total de 889.211 productores, a los que se les abonará un importe aproximado de 4.800 millones de euros hasta el próximo 30 de junio, de los cuales, las Comunidades Autónomas ya han abonado 3.814 millones de euros, es decir, aproximadamente el 80 por ciento.
En relación con los derechos de pago único, hay que recordar que el plazo para la comunicación de cesiones entre particulares a la Administración, que se inició el 1 de noviembre, finalizará el 19 de marzo, excepto cuando se trate de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación y jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se pueden comunicar hasta el 30 de abril.
Condicionalidad
La concesión de estas ayudas directas a los agricultores en el marco de la PAC, están condicionadas al cumplimiento de estrictos requisitos legales en materia de medio ambiente, la salud pública, la sanidad animal y vegetal, el bienestar animal y al respecto de buenas prácticas agrícolas y medioambientales.
Estos controles, conocidos con el nombre de Condicionalidad, supusieron en 2006 un total de 13.816 inspecciones sobre el terreno, adicionales a las realizadas para verificar el cumplimiento del resto de requisitos necesarios para la obtención de las ayudas. La Condicionalidad constituye uno de los elementos claves de la PAC, en la medida en que permite que la actividad agraria aporte los valores añadidos que responden a las nuevas expectativas de la sociedad.
Actualizaciones en el SIGPAC
Para facilitar la labor de cumplimentación de las solicitudes de ayuda, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en colaboración con las Comunidades Autónomas, Catastro e Instituto Geográfico Nacional (IGN), ha publicado en el SIGPAC las últimas actualizaciones de contenidos realizadas con vistas a esta nueva campaña de solicitudes. Los cambios realizados más importantes son:
- Actualización de 210.000 Km2 de ortofotos, más del 40% del territorio español, correspondientes de las en las Comunidades Autónomas de Aragón, Islas Baleares (excepto Mallorca y La Cabrera), Islas Canarias (excepto La Palma), Castilla-La Mancha, Extremadura (salvo una zona del suroeste de Badajoz), Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana (provincias de Alicante y Castellón). En todos los casos, las ortofotos se corresponden con vuelos realizados entre 2004 (Murcia) y 2006).
- La integración de nuevas ortofotos en el SIGPAC lleva aparejada consigo la revisión e integración de las modificaciones detectadas en las parcelas agrícolas y, en particular, las que afectan a los recintos, tales como las correspondientes a nuevas plantaciones, infraestructuras terrestres, ampliación de obras urbanas.
- Integración de los nuevos parcelarios, resultantes de la renovación del catastro de rústica en 227 municipios pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana.
- Incorporación de concentraciones parcelarias finalizadas en las Comunidades de Aragón, Asturias y La Rioja.
El SIGPAC es accesible a través de la Web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las Comunidades Autónomas.
Mapa