Comisión: las sanciones de los Estados miembros por infracciones pesqueras no son disuasorias

«Infringir las medidas pesqueras no es un desaire inocuo a la autoridad. Representa en realidad una serie de golpes reiterados a la sostenibilidad de las poblaciones de peces y la pesca afectadas. Si no trabajamos todos juntos para erradicar las actividades ilegales de una minoría, la pesca ilegal seguirá prosperando mientras empeora el sector en su conjunto», ha comentado el Comisario de Asuntos Pesqueros y Marítimos, Joe Borg.

El aumento del número de infracciones detectadas en un 8,11 % mantiene la tendencia de incremento del porcentaje de detecciones observada desde 2002. Sin embargo, hay que considerar estos datos en el contexto de la ampliación de la Unión Europea. Se detectaron 783 casos más, al mismo tiempo que la flota de la UE aumentó en 5 697 buques tras la ampliación de 2004. El 23 % de estos casos estaban relacionados con pesca no autorizada, y el 17 %, con el almacenamiento, la transformación, la puesta en venta y el transporte de productos pesqueros que incumplían las normas de comercialización vigentes. El número de casos de manipulaciones del equipo a bordo que permite la localización de buques vía satélite casi se duplicó en 2005 con respecto a los años precedentes. Sin embargo, este nivel sigue siendo muy inferior a lo que las observaciones de los inspectores de la Comisión sugieren que debería ser.

Al igual que en años anteriores, sigue habiendo grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a las sanciones financieras impuestas por el mismo tipo de infracción. De las 10.443 infracciones de normas de la PPC detectadas, 8 665 terminaron en sanción. El importe medio de las multas, de 1.548 euros, no sólo es inferior al promedio de 2004, sino incluso inferior a la mitad del promedio impuesto en 2003 (4 664 euros).

También se redujo mucho el número de licencias de pesca retiradas (sólo 335, frente a 1.226 en 2004). La cantidad total pagada en sanciones por la industria pesquera en 2005 ascendió a 10,8 millones de euros, es decir, menos del 0,17 % del valor de los desembarcos de 2004 (0,2 % en 2004).

La falta general de información complementaria de los Estados miembros para ayudar a interpretar los datos cuantitativos hace que, una vez más, sea muy difícil analizar en profundidad las cifras proporcionadas. La Comisión concluye que la situación no ha mejorado realmente con respecto al año anterior.

Por consiguiente, la Comisión pide a los Estados miembros una vez más que establezcan un sistema de sanciones que constituya un auténtico incentivo para cumplir las normas. Aunque los Estados miembros pueden adoptar los procedimientos que consideren más apropiados, la Comisión sugiere que las sanciones financieras deben tener en cuenta el valor de las capturas halladas a bordo. Señala asimismo que las sanciones administrativas, y, en particular, la suspensión del derecho a pescar o a ejercer una actividad profesional, pueden constituir un instrumento rápido y eficaz para fomentar el cumplimiento, y lamenta que sean tan pocos los Estados miembros que las utilizan.

Con el fin de mejorar la transparencia, la Comisión inició en mayo de 2006 un debate con los Estados miembros sobre cómo mejorar el actual sistema de elaboración de informes, y, en particular, sobre una nueva tipología de infracciones graves. Una vez que terminen las consultas, la Comisión prevé hacer una propuesta formal para la revisión de la legislación de la UE. Entre tanto, pide a los Estados miembros que recojan y transmitan a la Comisión la información necesaria sobre las infracciones de las normas de la PPC.
La Comisión subraya que, para lograr una transparencia total, es necesario introducir cambios fundamentales tanto en la legislación de la UE como en los procedimientos nacionales. Se ofrece apoyo administrativo y financiero para ayudar a los Estados miembros a disponer los cambios necesarios a fin de atender a estos requisitos.

Información general

Desde 2001, los Estados miembros están obligados a facilitar cada año a la Comisión información detallada sobre las infracciones graves detectadas por sus autoridades nacionales de control, incluidas las medidas adoptadas y las sanciones aplicadas. La finalidad de este ejercicio es poder comparar las sanciones impuestas por los diferentes Estados miembros y, de este modo, fomentar la igualdad de condiciones entre ellos. Por primera vez, en la Comunicación publicada hoy se proponen ejemplos de prácticas recomendadas en este ámbito con el propósito de difundir su adopción.

Comisión Europea

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