Remitido por la Generalitat Valenciana:
Según se desprende de la orden publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, por la que se regulan estas ayudas, el objetivo de la Conselleria es asegurar unos ingresos a los agricultores de mayor edad que decidan cesar en su actividad, facilitando así la renovación generacional a favor de otros agricultores más jóvenes que puedan mejorar la viabilidad económica de las explotaciones de las que se hagan cargo.
Además, con carácter general, se persigue el objetivo de adaptar las condiciones de producción y las estructuras de las explotaciones acogidas al cese, para que cumplan con los principios de desarrollo sostenible de la producción. De este modo, se posibilita mejorar la estructura de la explotación agraria y el cambio generacional, fomentando el cese principalmente en zonas donde el envejecimiento de la población y el minifundismo se encuentran más acentuados.
En cuanto a la dotación económica de la línea de ayudas, cabe destacar el importante esfuerzo presupuestario realizado con el propósito de la conselleria de Agricultura de apoyar el cese anticipado de aquellos agricultores que lo deseen, por lo que está previsto atender todas las solicitudes de ayuda que se reciban. Hasta el momento, y desde la puesta en marcha de esta medida, se han beneficiado por las ayudas un total de 339 agricultores, y se espera que este año se incremente el número de solicitudes en aproximadamente un centenar.
Los agricultores interesados en acogerse a las ayudas podrán presentar sus solicitudes a partir del 3 de febrero y hasta el 31 de marzo.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares y trabajadores de explotaciones que cesan definitivamente en la actividad agraria, con una edad comprendida entre los 55 y los 65 años. Los requisitos que deben cumplir los titulares son, entre otros, haber ejercido la actividad agraria durante los diez años anteriores al cese y haber cotizado en el correspondiente régimen de la Seguridad Social durante un tiempo que le permita completar, al cumplir sesenta y cinco años, al menos quince años de cotización.
Por lo que respecta a los trabajadores de las explotaciones cuyos titulares cesen en su actividad, pueden recibir las ayudas si, además de cesar también ellos definitivamente en la actividad agraria, tienen una edad comprendida entre los cincuenta y cinco y los sesenta y cinco, han cotizado al menos durante quince años y se han dedicado a la actividad agraria al menos la mitad de su tiempo de trabajo durante los cinco años anteriores al cese.
Podrán hacerse cargo de estas explotaciones los jóvenes agricultores, es decir, los que tengan edades comprendidas entre 18 y 40 años, que ejerzan o pretendan ejercer la actividad agraria.
También podrán hacerse cargo de las explotaciones cedidas las cooperativas y entidades asociativas agrarias, titulares o trabajadores de explotaciones, creadas al menos un año antes de la cesión, que no hayan cumplido los 50 años de edad y que posean un nivel de capacitación profesional suficiente, entre otros requisitos.
En cualquiera de los casos, los agricultores que se vayan a hacer cargo de las explotaciones se comprometerán a ejercer la actividad agraria a título principal y a mantener la explotación durante al menos cinco años en unas condiciones de viabilidad.
Cabe recordar que el cese anticipado es una medida que se enmarca dentro de las ayudas para el desarrollo rural de la Unión Europea, y que están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA), el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Conselleria.
Generalitat Valenciana