El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino informa que las zonas de Palma (Baleares) y las de “Área de Barcelona” y “Vallés-Baix LLobregat” han solicitado prórroga por superaciones de dióxido de nitrógeno (NO2), tal como establece la Directiva comunitaria. El plazo para presentar esta prórroga era el 30 de septiembre.
En concreto para el NO2, y de acuerdo con el artículo 22 de la Directiva 2008/50/CE, cuando, en una zona o aglomeración determinada, no puedan respetarse sus valores límite en los plazos fijados (1 de enero de 2010), el Estado Miembro podrá prorrogar esos plazos por un máximo de cinco años (hasta el 1 de enero de 2015) para esa zona o aglomeración concreta, con la condición de que se haya establecido un plan de calidad del aire que demostrará que van a respetarse los valores límite antes del final de la prórroga.
La prórroga no es una obligación, sino una posibilidad de la Directiva (y, por lo tanto del Real Decreto 102/2011 que la transpone) para la cual deben demostrarse las dificultades en el cumplimiento de los valores límite y que se ha adoptado previamente un plan de calidad del aire tendente a lograr dicho cumplimiento.
MARM