El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Organismo Autónomo Parques Nacionales, y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para la ejecución de un Programa de Vigilancia sanitaria de las poblaciones de animales silvestres, en las fincas y centros adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.
Este Programa permitirá obtener información relativa a las enfermedades de la fauna silvestre, especialmente de aquellas que puedan ser compartidas por la cabaña ganadera, y elaborar estrategias de actuación sobre la fauna salvaje que ayuden a la erradicación y control de las enfermedades de la cabaña ganadera que son objeto de los programas nacionales de erradicación de enfermedades.
Las investigaciones previstas en el Programa de Vigilancia proporcionarán igualmente información para la puesta a punto de las bases de datos epidemiológicos sobre la situación sanitaria, las tendencias y los niveles de riesgo en las especies salvajes y de interés cinegético, datos que servirán de base para la adopción de las medidas necesarias para la conservación y gestión de la fauna salvaje tanto en el aspecto ecológico y sanitario como genético.
Para ello se establece la vigilancia activa sobre distintas enfermedades, con muestreos periódicos en especies como el gamo, el jabalí, el ciervo, el conejo, la liebre, la perdiz y la paloma torcaz. Esta relación de especies y enfermedades consideradas inicialmente prioritarias, podrá incrementarse cuando se considere necesaria su inclusión en este programa sanitario.
Conforme las cláusulas del Convenio hoy autorizado, el MAPA aportará 377.552 euros para la ejecución del Programa de Vigilancia, encargándose igualmente de la realización de determinaciones diagnósticas, y del mantenimiento de una seroteca a través de los laboratorios centrales de sanidad animal.
Por su parte, el Organismo Autónomo Parques Nacionales colaborará en la financiación del proyecto con 112.552 euros, aportando igualmente los medios materiales y humanos necesarios para cooperar en los muestreos y en los censos de las poblaciones de animales silvestres, que habitualmente se realizan durante las tareas de gestión de las fincas y centros adscritos a este Organismo.
El Consejo Superior de Investigaciones Científicas será el encargado del diseño y ejecución de un sistema de epidemiovigilancia activa y pasiva, de la elaboración de una base de datos que integre la información generada, del desarrollo de un Plan de Contingencia y de la realización y mantenimiento de una fototeca en formato digital.
Para el seguimiento de las actuaciones previstas en el Convenio, se creará una Comisión en la que estarán representados el MAPA, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, que se encargará de acordar un plan de desarrollo de las actividades, incluyendo la descripción de los trabajos y la metodología a seguir, responsabilizándose también del análisis de los resultados de las actuaciones y del diseño, en caso necesario, de medidas complementarias.
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