Creado el registro de los transportistas de animales vivos

Nota de la Junta de Extremadura
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el viernes 31 de marzo, una orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se regula la autorización y registro de los transportistas de animales vivos y de sus medios de transporte, así como la obligatoriedad de llevar al día un Libro de registro de Actividad de Transporte de Animales Vivos.

De este modo, los transportistas de animales vivos con domicilio social en Extremadura deberán pedir autorización a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, en concreto al Servicio de Sanidad Animal, para desarrollar su actividad.

Según el DOE, no requerirán esta autorización previa el trasporte de animales domésticos, el realizado por los ganaderos con sus propios medios de transporte a una distancia de su explotación inferior a 50 kilómetros y la trashumancia estacional de determinados tipos de animales realizada en vehículos agrícolas propios.

Por otra parte, las autorizaciones tendrán una validez de 5 años a partir de su expedición, debiéndose renovar a su término mediante la presentación de una nueva solicitud.

Libro de registro al día

Según la orden, los medios de transporte deberán llevar un Libro de Registro de Actividad de Transporte de Animales Vivos, con hojas numeradas correlativamente y diligenciadas por el Servicio de Sanidad Animal, debidamente actualizado y cumplimentado.

Además, este libro deberá conservarse durante un mínimo de 3 años después de haber dado de baja el medio de transporte en el Registro de Transporte de Animales Vivos de Extremadura. Dicho registro se constituirá en una base informatizada, que permitirá la transmisión de datos con el registro estatal; estará adscrito a la Dirección General de Explotaciones y gestionado por el Servicio de Sanidad Animal.

El registro se divide en dos secciones: Sección de Transportistas de Animales Vivos y Sección de Medios de Transportes y Contenedores de Animales Vivos. Los datos inscritos sólo tendrán carácter público en cuanto al nombre del transportista y su número de autorización.

Junta de Extremadura

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