DENOMINACIÓN RESERVADA PARA LA AGRICULTURA ECOLÓGICA

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la modificación del Real Decreto que regula la producción agrícola ecológica y su indicación en productos agrarios y alimentarios, con el fin de adaptar la normativa española a la nueva legislación comunitaria y favorecer así al consumidor, evitando cualquier duda sobre el término reservado a la agricultura ecológica. En el texto, remitido tanto a los sectores afectados como a las Comunidades Autónomas, se reserva para estas producciones el término «ecológico» y su prefijo «eco».

Con la modificación del Real Decreto se pretende la precisa identificación de los productos derivados de un sistema de producción respetuoso con el medio ambiente y su conservación, con el término «ecológico» y su prefijo. La utilización de una terminología única permitirá que las acciones de promoción de estos productos sean más eficaces, evitando la dispersión que se producía con la utilización de términos como «biológico» o su prefijo «bio», que en el sector agroalimentario español se utilizan con carácter genérico, sin estar relacionados con el sistema de producción ecológica.

Por otra parte, se incluirá en las etiquetas de los productos ecológicos un logotipo comunitario que permitirá facilitar su identificación, a través de una imagen comercial homogénea, y conseguir que sus productos tengan mayor aceptación entre los consumidores.

El nuevo texto recoge la legislación comunitaria, aprobada en el Reglamento (CE) 1804/1999, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimentarios. Dicho Reglamento reserva para los distintos estados miembros: el término «ecológico» y su prefijo «eco» en español, danés y sueco; el término «biológico» y su prefijo «bio» en griego, francés, italiano, portugués y holandés; el término «orgánico», en inglés; y los términos «ecológico» y «biológico», así como sus prefijos, en alemán.

MAPA

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