‘DIRECTIVA DESAYUNO’: CALIDAD DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS

Propuesta de directiva del Consejo relativa la miel (nueva consulta sobre comitología)
Propuesta de directiva del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana (nueva consulta sobre comitología)
Propuesta de directiva del Consejo relativa a determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana (nueva consulta sobre comitología)
Propuesta de directiva del Consejo relativa a la confituras, jaleas y mermeladas de frutas, así como a la crema de castañas, destinadas a la alimentación humana (nueva consulta sobre comitología)

Doc.: A5-0217/2001
Procedimiento : consulta
Debate : 03.07.01
Votación : 04.07.01
El pleno se pronunciará en procedimiento de consulta sobre cinco propuestas de directiva relativas a azúcares, miel, zumos de frutas, determinados tipos de leche, confituras, jaleas y mermeladas de frutas, crema de castañas y otros productos destinados a la alimentación humana, que conforman la llamada "directiva desayuno".

En la pasada legislatura, la Comisión propuso simplificar las distintas directivas sobre productos alimentarios, con el objetivo de sustituir los textos legislativos excesivamente detallados por unas exigencias básicas necesarias para asegurar la libre circulación de mercancías dentro de la Comunidad. Estas propuestas fueron aprobadas por el Parlamento en 1998 y 1999, pero a la vista de las modificaciones sustanciales introducidas por el Consejo en los textos iniciales, se impone una nueva consulta a la Cámara. Las cinco propuestas de directiva tienen el artículo 37 relativo a la Política Agrícola Común como base jurídica.

Azúcar y miel

Aunque apoya en términos generales los textos revisados por el Consejo, Paul LANNOYE (V-ALE, B) propone al Parlamento una serie de enmiendas para proteger los intereses de los consumidores. En relación a la directiva relativa a determinados azúcares, propone añadir la fructosa en el anexo, así como el azúcar moreno. En cuanto a la miel, la comisión de Medio Ambiente considera que, en aras de preservar la calidad y proteger al consumidor, los métodos destinados a eliminar una parte importante del polen de la miel no deben autorizarse. Además, habría que eliminar el concepto de "miel filtrada" de la propuesta. Finalmente, estima necesario garantizar que la miel, y particularmente la miel industrial, no contenga ninguna sustancia que pueda conllevar un riesgo para la salud humana.

Tres tipos de zumos de frutas

Respecto a los zumos de frutas, el Consejo propone introducir las denominaciones "Zumo de frutas" y "Zumo de frutas obtenido a partir de un concentrado". Según el ponente, el zumo de frutas tal y como se define en la propuesta de directiva, no responde a la práctica industrial y, en consecuencia, abre las puertas al fraude. Por ello, sugiere introducir tres denominaciones: "Zumo de frutas exprimidas", "Zumo de frutas obtenido a partir de frutas exprimidas" y "Zumo de frutas obtenido a partir de un concentrado".

Sin vainilla

En cuanto a las confituras, jaleas y mermeladas de frutas y crema de castañas, la comisión parlamentaria se adhiere a la iniciativa del Consejo de obligar a mencionar los sulfatos residuales, si exceden de 10 mg/kg., en la lista de ingredientes del producto. Además, insta a prohibir que se añadan aromas químicos a productos que cuentan con una imagen de calidad entre los consumidores. La vainilla no debe figurar entre los ingredientes aditivos autorizados.

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