El consejero insular de Aguas y Agricultura, José Joaquín Bethencourt, señala que «de esta forma se facilita la puesta en marcha de programas de difusión tecnológica y asesoramiento a los agricultores y ganaderos de la Isla». El importe previsto será como máximo de 480 euros por año y en el caso de las fincas experimentales se podrán acordar indemnizaciones económicas por los gastos extraordinarios que se calcularán según el tipo de actuación que se pretenda desarrollar.
Las explotaciones colaboradoras deben tener unas características singulares que permitan ejercer esa finalidad y pueden ser de tipo demostrativo o experimental. En la primera de estas categorías se integran aquellas que reúnen unas determinadas condiciones de ubicación, acceso y diseño de sus instalaciones para la realización de labores de demostrativas. En cuanto a las fincas experimentales, deberán llevar a la práctica la utilización de estas innovaciones a pequeña escala con fines comerciales y demostrativos.
La calificación de finca demostrativa se otorga por un tiempo determinado, equivalente a la duración de una cosecha, con un plazo máximo de un año. En cambio, la denominación de finca experimental se concede por el periodo que requiera la aplicación práctica de las nuevas tecnologías. «Una vez transcurrido el tiempo establecido, el Cabildo de Tenerife otorgará un diploma acreditativo que quedará inscrito en un Registro de Explotaciones Colaboradoras, regulado por el área de Agricultura de la Corporación insular», recuerda el consejero insular.
Los propietarios de las explotaciones deben permitir el acceso de los agricultores concertados a través de las Oficinas de Extensión Agraria. Por otro lado, las fincas experimentales deben autorizar la actuación de los técnicos de la corporación responsables de la experiencia demostrativa.
Cabildo Tenerife