La reforma prevé una reestructuración rápida del sector por cuanto establece un régimen voluntario de arranque de viñas de tres años de duración para ofrecer una alternativa a los productores no competitivos y para eliminar del mercado los excedentes y el vino poco competitivo. Se eliminarán progresivamente las ayudas a la destilación de crisis y a la destilación de alcohol de boca y con ese dinero, repartido en dotaciones nacionales, se podrán financiar medidas como la promoción de vinos en mercados de terceros países, innovaciones, o reestructuración y modernización de viñedos y bodegas. La reforma garantizará la protección del medio ambiente en la regiones vinícolas, amparará las políticas de calidad tradicionales y asentadas, y simplificará las normas de etiquetado, para beneficio tanto de los productores como de los consumidores. Asimismo, el muy restrictivo sistema de derechos de plantación se suprimirá a nivel de la UE a partir del 1 de enero de 2016. La Comisión Europea comenzará ahora el proceso de adopción de los reglamentos de desarrollo para que la reforma pueda entrar en vigor el 1 de agosto de 2008.
Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural, realizó las siguientes declaraciones: «Ahora podemos continuar con los preparativos finales para la entrada en vigor del nuevo sistema en agosto. En lugar de gastar dinero en deshacernos de excedentes, la reforma nos permitirá concentrarnos en enfrentarnos a nuestros competidores y en recuperar cuotas de mercado. Espero que los Estados miembros hagan un buen uso de los nuevos instrumentos».
Principales aspectos de la OCM vitivinícola revisada
Dotaciones financieras nacionales: permitirán a los Estados miembros adaptar las medidas a su situación específica. Entre las medidas posibles se hallan las siguientes: promoción en terceros países, reestructuración o reconversión de viñedos, inversiones en modernización de la cadena productiva y en innovación, apoyo a la vendimia en verde, nuevas medidas de gestión de crisis y ayuda disociada simple.
Medidas de desarrollo rural: se transferirá una parte de los recursos a medidas de desarrollo rural reservadas a las regiones productoras. Entre las medidas posibles se encuentran la instalación de jóvenes agricultores, la mejora de la comercialización, la formación profesional, el apoyo a las organizaciones de productores, las ayudas para hacer frente a los gastos adicionales generados por el mantenimiento de los paisajes culturales y a la renta perdida por este concepto, y la jubilación anticipada.
Derechos de plantación: se suprimirán de aquí al final de 2015, con la posibilidad de mantenerlos hasta el 2018 a escala nacional.
Desaparición progresiva de los regímenes de destilación: se limitará a cuatro años la destilación de crisis, a discreción de los Estados miembros, hasta el final de la campaña de 2011/12, con unos gastos máximos del 20 % de la dotación financiera nacional el primer año, del 15 % el segundo, del 10 % el tercero y del 5 % el cuarto. La destilación de alcohol de boca desaparecerá progresivamente, a lo largo de un período transitorio de cuatro años durante el cual se concederá una ayuda vinculada a la producción que, al término del período, será sustituida por el pago único por explotación. Los Estados miembros tendrán la posibilidad de exigir la destilación de los subproductos, financiándola con cargo a la dotación nacional y a un nivel notablemente inferior al actual, e integrando en esa financiación los gastos de recogida y transformación de los subproductos.
Introducción del pago único por explotación: este pago único disociado será concedido a los productores de uva de vinificación a discreción de los Estados miembros y a todos los productores que arranquen sus viñas.
Régimen de arranque: se establece un régimen de arranque voluntario, de tres años de duración, para una superficie total de 175 000 hectáreas y con una prima decreciente. Los Estados miembros podrán interrumpir el arranque de viñas cuando la superficie arrancada suponga el 8 % de la superficie vitícola total del Estado miembro o el 10 % de la superficie total de una región dada. La Comisión podrá interrumpir el arranque cuando la superficie arrancada suponga el 15 % de la superficie vitícola total de un Estado miembro. Los Estados miembros también podrán restringir el arranque de viñas en montañas y en pendientes muy pronunciadas, así como por motivos medioambientales.
Prácticas enológicas: la potestad de aprobar prácticas enológicas nuevas o de modificar las existentes se transfiere a la Comisión, la cual evaluará las prácticas aceptadas por la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) e incorporará algunas de ellas en la lista de prácticas enológicas aceptadas en la UE.
Mejores normas de etiquetado: el concepto de vinos de calidad de la UE se basará en vinos con Indicaciones Geográficas Protegidas y en vinos con Denominación de Origen Protegida. Se ampararán las políticas de calidad nacionales asentadas. Se simplificará el etiquetado, y así, por ejemplo, se permitirá indicar la variedad y la añada en los vinos de la UE que carezcan de indicación geográfica. Seguirá dándose protección a determinadas menciones tradicionales y a determinadas formas de botella.
Chaptalización: seguirá estando permitida, si bien se reducen los niveles máximos de azúcar y mosto que pueden añadirse. Por razones climáticas excepcionales, los Estados miembros podrán pedir a la Comisión un aumento de esos niveles.
Ayudas para la utilización de mosto: durante cuatro años, se podrán seguir concediendo estas ayudas en su forma actual. Una vez transcurrido este período transitorio, los gastos en concepto de ayuda al mosto podrán transformarse en pagos disociados a los viticultores.
Comisión Europea