Regulados los riesgos de inundación en España

Las disposiciones de este Real Decreto serán de aplicación a las inundaciones ocasionadas por desbordamientos de ríos, torrentes de montaña y demás corrientes de agua continuas o intermitentes, al igual que las inundaciones causadas por el mar en las zonas costeras y las producidas por la acción conjunta de ríos y mar en las zonas de transición.

Mediante este Real Decreto se incorpora al Derecho español una Directiva comunitaria del 23 de octubre de 2007 relativa a la evaluación y gestión del riesgo de inundación.

En su texto se ha tenido en cuenta la reciente creación de los Comités de Autoridades Competentes en las demarcaciones con cuencas intercomunitarias y la normativa existente en materia de Protección Civil, procurando su coordinación con los nuevos planes de gestión del riesgo de inundación. Esta coordinación, que es también un mandato de la Directiva, se extiende a la política hidráulica general de todas las cuencas y a la ordenación territorial y urbanística en lo necesario para hacer efectiva la prevención y protección contempladas en la presente norma.

Este Real Decreto permite la introducción de nuevas herramientas de gestión y agilizará la implantación de los mecanismos de protección de los cauces y de las zonas inundables, lo que evitará o disminuirá los daños ambientales y sobre los bienes y personas que se protegen. Asimismo, el conjunto de disposiciones introducidas en el texto permiten responder, de modo más eficaz, ante las fuertes presiones de ocupación que sufren las zonas limítrofes con los cauces, de manera que permitirá una disminución de los daños derivados de las inundaciones por avenidas.

Los planes de gestión del riesgo de inundación exigidos en el texto incluyen los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto de reducir las consecuencias negativas producidas por las inundaciones.

Por último, este Real Decreto ha sido informado por el Consejo Asesor de Medio Ambiente, el Consejo Nacional del Agua y la Comisión Nacional de Protección Civil y en su tramitación han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

chcantabrico

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