El Consejo y el Parlamento europeo establecen un nuevo marco normativo para el uso de plaguicidas

El Parlamento Europeo, en su sesión plenaria celebrada , ha aprobado sin ninguna enmienda, el texto de compromiso alcanzado por el Consejo en materia de plaguicidas. Con ello queda establecido un nuevo marco normativo que va a regular la comercialización y el uso en la Unión Europea de los plaguicidas en los próximos años. El acuerdo supone la aprobación, por una parte, de un nuevo reglamento para la comercialización de los productos fitosanitarios, y por otra, de una directiva marco para el uso sostenible de los plaguicidas.

El nuevo reglamento de comercialización sustituye a la Directiva 91/414, incluyendo como elementos más importantes, por una parte, nuevos criterios para la autorización de las sustancias activas y los productos fitosanitarios, y por otra la armonización de la evaluación de los productos fitosanitarios a nivel europeo, a través de la evaluación por zonas y la potenciación del reconocimiento mutuo de las autorizaciones.

Los criterios adoptados por el nuevo reglamento supondrán la retirada progresiva a lo largo de los próximos 10 años de aquellas sustancias con peor perfil toxicológico y medioambiental, contemplando a su vez mecanismos para evitar la retirada de aquellas para las que no existen alternativas hasta que estas se desarrollen.

También contempla este reglamento el mecanismo de reconocimiento mutuo y autorización zonal, que permitirá autorizar un producto fitosanitario en todos los países que compartan zona en base a la evaluación realizada en uno de ellos. Se dividiría Europa a tal efecto en tres zonas, quedado comprendida España en la Sur, junto con el resto de los países del arco mediterráneo. Su puesta en marcha será una pieza fundamental a la hora de ahorrar recursos y agilizar el sistema de autorización de los productos fitosanitarios.

Por otra parte, la directiva de uso sostenible tiene como objetivo conseguir un uso de los plaguicidas que garantice la salud de los consumidores y de los operadores que los utilizan, así como el respeto al medio ambiente. Para ello cada Estado miembro deberá dotarse de un Plan Nacional de Acción que integrará medidas sobre formación de los usuarios, venta y manejo de plaguicidas, aplicaciones aéreas, inspección de los equipos de tratamiento, protección del medio acuático y protección de determinadas zonas sensibles.

Un elemento fundamental de esta directiva es la obligación, a partir de 2014, de producir siguiendo los principios generales de la Gestión Integrada de Plagas, lo que supondrá un cambio en la forma de producir de la agricultura europea, introduciendo, de una forma mas rigurosa, el concepto de sostenibilidad ambiental y seguridad sanitaria.

Este acuerdo representa una solución de compromiso que permitirá alcanzar los objetivos de reducción de riesgo en el uso de fitosanitarios mediante la promoción de métodos alternativos de lucha contra las plagas, todo ello sin una merma insalvable para el sector productor de las herramientas de las que actualmente dispone para luchar contra la plagas.

MARM

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