El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre el desarrollo y seguimiento de las campañas de determinados cítricos enviados a la transformación, con el fin de que las organizaciones de productores puedan presentar las solicitudes de ayuda por las naranjas dulces, mandarinas, clementinas, satsumas, limones, toronjas y pomelos entregadas a la elaboración de zumos y para las clementinas y satsumas para obtener gajos.
Los transformadores que deseen participar por primera vez en este régimen de ayudas, tienen de plazo hasta el 14 de agosto, inclusive, para presentar la solicitud de autorización correspondiente.
Por otra parte, se mantienen los dos subumbrales del umbral nacional de pequeños cítricos correspondiendo 144.381 toneladas para clementinas y mandarinas destinadas a zumos y 125.805 toneladas para satsumas y clementinas destinadas a gajos.
En cuanto al modo de realizar los contratos se especifica que deberán celebrarse por escrito y contener, al menos, los datos y condiciones que figuren en los respectivos modelos de contrato tipo homologado y deberán celebrarse a más tardar el 1 de noviembre, los que cubran al menos, ocho meses completos y consecutivos.
En lo que respecta a los contratos que cubran entre cinco y siete meses completos y consecutivos, en el caso de los productos que deban entregarse a la industria hasta el 31 de marzo, deberán celebrarse antes del 1 de noviembre. Y por otro lado, los productos que se entreguen desde el 1 de abril hasta el final de la campaña, deberán formalizarse en contrato antes del 28 de febrero.
Asimismo, esta norma establece que la autoridad competente en cada comunidad autónoma deberá remitir a la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación la relación de los transformadores autorizados, con las localidades donde estén ubicadas sus fábricas, y de organizaciones de productores que deseen beneficiarse del régimen de ayudas, con el fin de mantener actualizada la relación de organizaciones de productores y transformadores que pueden participar en el régimen de ayuda de cada uno de los productos, y realizar las correspondientes notificaciones a la Comisión Europea.
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