El gobierno regula la habilitación para el ejercicio de la profesión de enólogo

El Consejo de Ministros, reunido el pasado día 28, ha dado luz verde al Real Decreto por el que se regula la habilitación para ejercer las profesiones de enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico en elaboración de vinos. El objeto de esta normativa es acreditar a las personas que hayan ejercido estas profesiones con anterioridad a la ley de 1998 para continuar desempeñando su trabajo.

Conviene recordar que la ley publicada en 1998 por la que se regularon las profesiones de enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico especialista en elaboración de vinos ya contemplaba la posible existencia de situaciones anteriores de ejercicio profesional y facultaba al gobierno para reconocerlas. Por otra parte, la inexistencia de un título universitario de enología hasta el año 1996 ha provocado un origen multidisciplinar de los profesionales del sector, entre los que se encuentran: desde titulados universitarios en distintas disciplinas, en algunos casos con formación específica de "post grado" en enología, a titulados en formación profesional en esta actividad.

Entre los contenidos de la disposición figuran los requisitos para obtener la habilitación para estas tres especialidades y la creación de una comisión de análisis encargada de definir los criterios a aplicar por las Comunidades Autónomas.

El texto, a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, Educación , Cultura y Deporte y Trabajo y Asuntos Sociales, cuenta con la aprobación del Ministerio de Administraciones Públicas y ha sido estudiado por el Consejo de Estado, las Comunidades Autónomas y el sector.

MAPA

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