El Real Decreto establece que el límite conjunto para las ayudas establecidas será de 250.000 euros por agrupación de productores para actuaciones realizadas en un periodo máximo de tres años.
Para la inversión en explotaciones y para mejorar la comercialización, las actuaciones subvencionables serán, entre otras, las destinadas a las mejoras en los sistemas de riego, mejora de invernaderos, construcciones auxiliares como almacenes en campo y maquinaria de producción, así como la construcción o adquisición de naves y centrales destinadas a la producción y a la comercialización.
En cuanto a la línea de ayudas para fomentar la producción de productos de calidad, el Real Decreto indica que podrán ser objeto de subvención actividades de estudio de mercado, entre otras, y respecto a la formación y la promoción, las actuaciones subvencionables serán aquellas que tengan por objeto la educación y formación del personal y de los socios de las agrupaciones de productores.
Respecto a los plazos, serán las comunidades autónomas quienes comunicarán al Ministerio el 15 de marzo de cada año las solicitudes aceptadas, con indicación del importe de la ayuda. Sin embargo, para el año 2010, se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de mayo inclusive.
Europa Press