El Programa forma parte de la normativa nacional sobre desarrollo rural necesaria para obtener las ayudas comunitarias al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) recogidas en el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre. En el marco de esta normativa nacional, el Ministerio de Agricultura ya ha presentado a Bruselas el Marco Nacional de Desarrollo Rural que debe ser aprobado por Decisión comunitaria y las Comunidades Autónomas han presentado o están en fase de presentación sus correspondientes programas de desarrollo rural autonómicos.
Según el borrador del Programa Red Rural Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013 remitido por el MAPA, las principales funciones de la Red Rural Nacional serán tres: la coordinación de las políticas rurales de todas las Comunidades Autónomas y del Ministerio de Agricultura, la cooperación interautonómica y transnacional y la presentación de proyectos pilotos.
Con relación a la cooperación interautonómica y transnacional, la Red Rural Nacional presentará programas de cooperación que incluirán territorios de más de una Comunidad Autónoma y/o territorios españoles y de otros Estados Miembros.
También presentará proyectos pilotos de dos tipos. Por un lado, proyectos de desarrollo rural comarcales presentados por entidades o asociaciones sin ánimo de lucro presentas en más de una Comunidad Autónoma. En este caso el proyecto debe cubrir también el territorio de más de una Comunidad. Por otra parte, proyectos presentados por Administraciones u organizaciones relacionadas con el medio rural que supongan intercambios de experiencias y de procesos innovadores en materia de desarrollo rural.
La Red Rural Nacional tendrá también una función de «gobernanza y coordinación» y en este sentido se proponen como principales actuaciones, entre otras, la mejorar la interrelación entre las distintas Administraciones Públicas y los agentes económicos y sociales en el marco de los 18 programas de desarrollo rural españoles y la creación de una red electrónica de apoyo e información a los agentes económicos y sociales.
Una vez aprobado el Programa de la Red Rural Nacional se procederá a definir el Plan de actuación, que deberá estar finalizado y en funcionamiento no más tarde del 31 de diciembre de 2008.
En cuanto a la financiación, el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo dispone que cada Estado miembro establecerá una Red Rural Nacional para cuya creación y funcionamiento se reservará un determinado importe del FEADER, dentro de la financiación prevista para la asistencia técnica. En el caso de España, el porcentaje de la contribución del FEADER en el programa de la Red Rural Nacional se ha establecido en el 50% del gasto público subvencionable. Según el borrador presentado por el MAPA el total de la dotación presupuestaria de la Red Rural Nacional para el periodo 2007-2013 será de 251 millones de euros, financiados al 50% por la Administración General del Estado y los fondos FEADER.
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