El MAPA no ha aprobado ningún nuevo tipo de maíz modificado genéticamente

No existen instrumentos legales que permitan oponerse a la inscripción en el Registro Común una vez que las distintas variedades comerciales de un evento han superado todos los estudios y ensayos recogidos en las diferentes normativas.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no ha autorizado ningún nuevo cultivo de maíz modificado genéticamente y todas las variedades del mismo que se cultivan en España contienen un único evento (tipo de organismo), el MON 810, autorizado para cultivo por la Unión Europea.

Las variedades comerciales utilizadas han sido autorizadas de acuerdo con la legislación vigente, después de superar todos los ensayos y estudios recogidos tanto en la normativa comunitaria como en la nacional, no sólo en lo que se refiere a reglamentación sobre el medio ambiente sino también a la reglamentación sobre el Registro de Variedades Comerciales y el Catálogo común de la Unión Europea.

Todas las inscritas en el Registro de Variedades Comerciales español (exceptuando las once últimas aprobadas, ya que hay un periodo de tiempo hasta la inscripción en el Catálogo) han sido incluidas en el Catálogo común, lo que supone que pueden ser cultivadas por los agricultores de todos los Estados miembros.

Una vez que las variedades han superado todos los estudios y ensayos recogidos en las diferentes normativas, no existen instrumentos legales que permitan oponerse a la inscripción de las mismas. Además de esta imposibilidad, es importante destacar que la no inscripción de estas variedades también crearía un problema de competencia entre las empresas que tienen variedades modificadas genéticamente ya inscritas y las que todavía no han podido inscribir ninguna.

La autorización de la modificación genética MON 810 será revisada próximamente en cumplimiento de lo establecido en la Directiva 2001/18. En caso de que se considerara adecuado revocar la autorización a esta modificación genética, en base a la nueva información que haya podido aparecer, se retirarían del Registro de Variedades Comerciales las variedades que contienen dicha modificación, cosa que también tendrían que hacer los demás Estados miembros que tienen autorizadas y que cultivan variedades con este evento.

Esto ya ocurrió con las variedades de maíz que contenían la modificación genética Bt-176, las cuales se retiraron del Registro de Variedades Comerciales, en aplicación del principio de precaución, si bien debe indicarse que este maíz modificado genéticamente sigue estando autorizado en la Unión Europea ya que ni la Comisión, ni Francia, país que autorizó dicha modificación genética, han prohibido ni retirado dicha autorización.

MAPA

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