El Mapa ratifica el reglamento de la D.O. protegida del aceite de oliva virgen extra ‘Sierra Mágina’

El Reglamento de la DOP «Sierra Mágina» ampara bajo su denominación los aceites de oliva virgen extra que cumplan en su producción, elaboración, envasado, etiquetado y comercialización con todos los requisitos exigidos en el mismo.

La zona de producción de los aceites de oliva amparados por esta Denominación está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Albánchez de Úbeda, Bedmar-Garcíez, Bélmez de la Moraleda, Cabra del Santo Cristo, Cambil, Campillo de Arenas, Cárcheles (Cárchel y Carchelejo) Huelma, Jimena, Jódar, La Guardia de Jaén, Larva, Mancha Real, Pegalajar, Solera y Torres, en la provincia de Jaén y que las variedades deberán ser de aceituna Picual y Manzanillo de Jaén, siendo la principal la Picual.

Igualmente, se especifican las prácticas culturales de cultivo, la recolección, elaboración, molturación y técnicas de elaboración para obtener productos de la máxima calidad, manteniendo los caracteres tradicionales de los aceites de la zona de producción y siempre de acuerdo a la legislación vigente.

En otro apartado se recogen los Registros que deberá llevar el Consejo Regulador de la DOP, como son el de Olivares, el de Almazaras y el de envasadores-comercializadores.

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