El MARM convoca ayudas acogidas al régimen de minimis para mejorar el sector pesquero

A estas medidas de apoyo para el sector pesquero, podrán optar los armadores de buques pesqueros que estén en situación de alta en el Censo de Flota Pesquera Operativa de la Secretaría General del Mar, que hayan ejercido actividad pesquera o auxiliar en el año 2007, y se encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.

La cuantía de la ayuda, cuya financiación irá a cargo de los Presupuestos Oficiales del Estado, será la que resulte de aplicar los siguientes cálculos:

– Armadores con embarcaciones pesqueras de más de 150 toneladas de registro bruto. Cuantía de la ayuda (en euros) = 617 N.º tripulantes

– Armadores con embarcaciones pesqueras comprendidas entre 50,01 y 150 toneladas de registro bruto.
Cuantía de la ayuda (en euros) = 614 N.º tripulantes

– Armadores con embarcaciones pesqueras comprendidas entre 10,01 y 50 toneladas de registro bruto.
Cuantía de la ayuda (en euros) = 405 N.º tripulantes

– Armadores no embarcados con embarcaciones pesqueras de hasta 10 toneladas de registro bruto.
Cuantía de la ayuda (en euros) = 283 N.º tripulantes

– Trabajadores por cuenta propia embarcados, con embarcaciones pesqueras de hasta 10 toneladas de registro bruto.
Cuantía de la ayuda (en euros) = 329 N.º tripulantes

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 5 de agosto.

Para la gestión y pago de las ayudas, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino MAPA suscribirá convenios de colaboración con las Asociaciones y Federaciones de ámbito nacional, autonómico y provincial del sector pesquero, que actuarán como entidades colaboradoras.

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